Cuando una persona se encuentra en situación de dependencia puede optar a diferentes tipos de ayudas o prestaciones con el fin de mejorar su calidad de vida. La dependencia es algo que recae sobre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO, pero que a su vez delega en cada CCAA. En el caso de la Comunidad de Madrid, ocurre lo mismo, diferenciando entre las prestaciones económicas y los servicios sociales.
Desde la Comunidad de Madrid señalan que la dependencia «es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, precisan de la atención de otra persona o ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria».
En este sentido, la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia reconoce a los ciudadanos el derecho a la promoción de la autonomía personal y la atención a las personas dependientes.
Cuando a una persona se le concede el grado de dependencia, tiene al opción de acogerse a diversas ayudas, siendo la que más se adecue a cada caso, ya sea un servicio o una prestación económica, según sus necesidades.
Eso sí, deberá de cumplir los requisitos específicos del servicio o prestación solicitada y el régimen de compatibilidades entre los mismos. Es importante tener en cuenta que, en general, todos los servicios y prestaciones son incompatibles entre sí, salvo en el caso de los servicios de prevención y promoción de la autonomía personal, el servicio de teleasistencia y los servicios de ayuda a domicilio no intensiva y centro de día en grados II y III.
A continuación vamos a ver las diferentes opciones que encontramos con respecto a las ayudas asociadas a la dependencia en la Comunidad de Madrid.
PRESTACIONES ECONÓMICAS
Este tipo de ayuda trata de una cuantía económica la cual se le reconoce a la persona beneficiaria del grado de discapacidad. Vamos a encontrar tres prestaciones económicas diferentes, teniendo cada una de ellas un objetivo diferente.
Por un lado esta la prestación económica vincula a un servicio, que es aquella que busca contribuir a la financiación del coste de un servicio, prestado por un centro o entidad privada debidamente acreditada, cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado (PEVS).
Otra es la prestación económica para cuidados en el entorno familiar (PECEF), que tiene el objetivo de contribuir a los gastos derivados de la atención a la persona en situación de dependencia en su domicilio. Debido a sus requisitos, tiene carácter excepcional (PECEF).
Por último, vemos la prestación económica de asistencia personal (PEAP) que busca contribuir a la financiación del contrato de una asistencia personal, que facilite el acceso tanto a la educación o al trabajo, como a una vida más autónoma (PEAP).
SERVICIOS DE ATENCIÓN
Los servicios de atención tienen como objetivo la promoción de la autonomía personal, así como atender las necesidades de las personas con dificultades para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
Se accede a estos servicios una vez reconocida la situación de dependencia y tras ser determinados como modalidad de intervención más adecuados en el Programa Individual de Atención (PIA), de acuerdo con las necesidades y preferencias del beneficiario.
A través de la red de centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, la Comunidad de Madrid ofrece los siguientes servicios:
- Residencias para personas mayores en situación de dependencia
- Centros de día para personas mayores en situación de dependencia
- Ayuda a domicilio
- Teleasistencia
- Atención temprana
- Centros para personas con discapacidad