La Seguridad Social ha mandado un mensaje de gran importancia a los pensionistas de España que perciben una pensión en 2023. En concreto, se trata de un aviso hacia aquellos pensionistas que perciben complementos a mínimos en su pensión contributiva.
Hay que recordar que el complemento a mínimos es una cantidad complementaria que la Seguridad Social añade a la cuantía que corresponde al trabajador cuando el cálculo no alcanza el límite fijado por el Gobierno.
El Gobierno de España establece cada año unas cuantías mínimas a percibir por cada pensión contributiva del sistema español. Así, si al calcular la cuantía a percibir no alcanza dicho importe mínimo, se aplican los conocidos como complementos a mínimos en la pensión.
El aviso de la Seguridad Social
Desde la Seguridad Social explican que «los complementos a mínimos no tienen carácter consolidable y se revisan anualmente. Es decir, se mantiene el complemento exclusivamente mientras se cumplan los requisitos que dan derecho a él, es decir, si los ingresos no superan los límites establecidos para cada año, los perceptores de este complemento lo seguirán recibiendo sin necesidad de realizar ninguna comunicación al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)«.

De esta forma, los pensionistas que a lo largo del ejercicio de 2023 perciban o prevean percibir rentas superiores al límite marcado para los complementos mínimos, deberán comunicar los ingresos al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El resto de pensionistas con complementos a mínimos que no cumplan esta condición, no tienen la obligación de declarar sus ingresos a la Seguridad Social.
Para tener derecho a los complementos a mínimos, es necesario tener reconocida una pensión contributiva que no alcance la cuantía mínima establecida por el Gobierno de España para ese año. Es preciso residir en territorio español y no percibir rentas del trabajo o actividades económicas superiores al límite de ingresos, en función de la situación familiar de la persona beneficiaria de la pensión.
Obligación de presentar ingresos
Con todo ello, se debe presentar los ingresos a la Seguridad Social en caso de que el pensionista cobre un complemento a mínimos con cónyuge a cargo o sin cónyuge y en 2023 tenga previsto recibir ingresos por encima de 8.614 euros al año.
🗨️Los perceptores de una #pensión con complemento a mínimos SÓLO deben comunicar sus ingresos si en 2023 prevén percibir rentas superiores al límite.
⚠️Si no es tu caso, NO tienes que hacer nada.
Info, aquí: https://t.co/jUFGQjHNj9 pic.twitter.com/JZdKinReVP
— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) March 10, 2023
También en caso de recibir complementos a mínimos con cónyuge a cargo y se tenga previsto percibir ingresos conjuntos superiores a 10.048 euros en 2023. Ante esta situación, la persona perceptora del complemento a mínimos también debe presentar sus ingresos a la Seguridad Social, para que se produzca una reorganización del correspondiente complemento.
Hay que tener en cuenta que los ingresos previstos no tienen en cuenta la cuantía de la pensión contributiva. Es decir, se contabilizan posibles rentas del trabajo, actividades económicas o rentas de capital.
El ciudadano puede comunicar los ingresos en referencia al complemento a mínimos en la pensión a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en el portal ‘Tu Seguridad Social’. Para ello, es preciso contar con certificado digital. Este trámite también se puede completar acudiendo a una de las oficinas de prestaciones de la Seguridad Social en España.