• Adelantar jubilación
  • Talgo discapacidad
  • Idealista
  • RTVE
  • DGT
  • Jubilación anticipada
  • Incapacidad temporal
  • Viajes del IMSERSO
  • Pensión no contributiva
  • Gran Invalidez
  • Facturar Equipaje
  • Seguridad Social
Tododisca
  • Discapacidad
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones
  • Consumo
  • EN
  • Discapacidad
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones
  • Consumo
  • EN
Tododisca
No Result
View All Result

Nuevas modificaciones en la pensión de viudedad para las parejas de hecho

El Tribunal Supremo rectifica y exige la inscripción como parejas de hecho para poder acceder a la pensión de viudedad en España

  • Aviso a trabajadores: adelantar la jubilación en España es posible cumpliendo este requisito
  • El Congreso da luz verde: Estos trabajadores podrán anticipar su jubilación en España
RD TODODISCA
26/11/2023 05:35
Prestaciones
Modificaciones pensión de viudedad

Modificaciones pensión de viudedad

El Tribunal Supremo ha rectificado respecto al acceso a la pensión de viudedad de las parejas de hecho en España. Según este órgano jurídico, será necesario exigir la inscripción de la pareja de hecho para poder percibir la mencionada prestación.

Esta nueva sentencia corrige la doctrina establecida en el mes de abril de 2021. Así, un año después, desde el Supremo fijan la necesidad de acreditar la unión entre ambas personas a través del certificado de inscripción en el registro municipal o autonómico.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se ha manifestado de esta forma en una sentencia referente a esta temática. Concretamente, ha desestimado un recurso de casación que presentó una mujer a la que se le denegó una pensión de viudedad por no contar con la inscripción pertinente de pareja de hecho.

Noticias Relacionadas
Aviso a trabajadores: adelantar la jubilación en España es posible cumpliendo este requisito
Aviso a trabajadores: adelantar la jubilación en España es posible cumpliendo este requisito
La Seguridad Social da luz verde a nuevos coeficientes reductores para adelantar la jubilación
El Congreso da luz verde: Estos trabajadores podrán anticipar su jubilación en España

Pensión de viudedad y parejas de hecho

En referencia a este recurso, el magistrado ha indicado que la corte de garantías estableció que «la pensión de viudedad que la norma establece no es en favor de todas las parejas de hecho, con convivencia acreditara, sino en exclusivo beneficio de las parejas constituidas en la forma legalmente establecida».

Casos que se puede extinguir la pensión de viudedad
Pensión de viudedad

Esto quiere decir que es necesario el certificado de inscripción de registro público para acreditar la existencia de la pareja de hecho y tener derecho a una pensión de viudedad.

Teniendo en cuenta todo ello, el Tribunal Supremo ha decidido ratificar la resolución que tuvo lugar el 7 de abril de 2021. Justo un año después de la aplicación de aquella doctrina.

Hay que recordar que en aquel momento, el Supremo fijó que la prueba de existencia de una pareja de hecho no solo podría acreditarse con la inscripción oficial de esta pareja, si no que también podía justificarse con «certificado de empadronamiento o cualquier otro medio de prueba válido en Derecho que demuestre la convivencia de manera inequívoca».

Sin embargo, en menos de un año, los magistrados de Alto Tribunal han modificado su opinión. Por tanto, a partir de abril de 2022 volverá a ser obligatorio acreditar la inscripción como parejas de hecho en caso de optar a una pensión de viudedad.

Al respecto, en este 2022, la doctrina del Supremo señala que «debe ser aplicada la doctrina general fijada en la sentencia de 28 de mayo de 2020 (recurso de casación 6304/2017), según la cual la prueba de la existencia de una pareja de hecho solamente puede acreditarse (…) mediante la inscripción en un registro específico autonómico o municipal del lugar de residencia o mediante un documento público y que ambos deben ser anteriores, al menos, en dos años al fallecimiento del causante».

Obligación de Inscripción como parejas de hecho

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid denegó una pensión de viudedad a una mujer que acreditó la convivencia desde 1965 con la persona fallecida, la existencia de cuatro hijos en comunes e incluso la adquisición de una vivienda juntos.

Sin embargo, el TSJ de Madrid no reconoció la pensión de viudedad al no existir una inscripción oficial como parejas de hecho. Así, el Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del tribunal madrileño.

Por tanto, las parejas de hecho deben tener en cuenta que se volverá a exigir el registro oficial como tal en caso de solicitar una pensión de viudedad en caso de fallecimiento de alguno de los dos miembros de la pareja.

Últimas Noticias
Aviso a trabajadores: adelantar la jubilación en España es posible cumpliendo este requisito
Aviso a trabajadores: adelantar la jubilación en España es posible cumpliendo este requisito
La Seguridad Social da luz verde a nuevos coeficientes reductores para adelantar la jubilación
El Congreso da luz verde: Estos trabajadores podrán anticipar su jubilación en España
Conceden la Gran Invalidez a un informático con esquizofrenia paranoide
La Justicia reconoce una Gran Invalidez a un informático de 30 años con esquizofrenia paranoide
Nuevos requisitos para jubilarse con 56 años en España Jubilación anticipada
La Seguridad Social lo confirma: Estos son los nuevos requisitos para jubilarse con 56 años en España
Última Hora
Rentas exentas de tributar el IRPF y que no deben incluirse en la Declaración de la Renta
Listado de ingresos exentos de incluirse en la Declaración de la Renta, según Hacienda
Aviso a trabajadores: adelantar la jubilación en España es posible cumpliendo este requisito
Aviso a trabajadores: adelantar la jubilación en España es posible cumpliendo este requisito
Talgo, el tren que mejora la accesibilidad para las personas con discapacidad
Talgo, el tren que mejora la accesibilidad para las personas con discapacidad
Vivienda para alquiler vacacional con hidromasaje Foto de Idealista
Desde 27 euros por noche: Idealista ofrece diferentes casas con hidromasaje para alquilar y disfrutar en verano
  • Aviso legal
  • Buenas prácticas
  • Contacto
  • Política de cookies y privacidad
  • Quienes somos
  • Mapa de Sitio

© 2025 Tododisca S.L.

  • Discapacidad
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones
  • Consumo
  • EN

© 2025 Tododisca S.L.