La Seguridad Social establece que el Ingreso Mínimo Vital (IMV)es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas. Es decir, opera como una red de protección dirigida a permitir el tránsito desde una situación de exclusión a una participación en la sociedad.
Esta ayuda viene a complementar en algunos casos, los recursos de personas que no cuentan con los ingresos suficientes para vivir, para que puedan cubrir sus necesidades básicas. Y es que el Ingreso Mínimo Vital (IMV) no esta concebido solo para personas en situación de desempleo, también para personas que aun con trabajo, no lleguen a un importe mensual digno para vivir.
Precisamente por las diversas situaciones en las que se encuentran sus beneficiarios, el Ingreso mínimo Vital (IMV), no tiene una cuantía fija. Es decir, no hay un importe fijado para que todos los beneficiarios lo cobren, sino que se adjudica a cada persona dependiendo de una serie de baremos que marca la administración. Sin embargo, la subida del 6,9 por ciento concedida para este año, sí se aplicará por igual a todos los que se beneficien de esta ayuda.
En España, esta ayuda es fundamental. Pues según datos se la Seguridad Social, más de dos millones de personas se benefician actualmente de esta prestación económica, lo que la convierte en una de las ayudas más importantes de nuestro país. Un motivo más, para que desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, tomaran la decisión de subir su cuantía para este 2024.
Tiempo que podrás cobrar el Ingreso Mínimo Vital
Si atenemos a las normas establecidas para la mayor parte de subsidios y prestaciones, nos daremos cuenta que en la mayor parte de los casos, estas tienen un tiempo establecido previamente durante el cual, los beneficiarios pueden cobrarla. Sin embargo, en el caso del Ingreso Mínimo Vital (IMV), no hay una duración determinada por parte de la Administración.

Y es que en este caso, la ayuda está diseñada para que una persona o unidad de convivencia la perciban, mientras mantengan la situación de vulnerabilidad. Es decir, mientras cumpla con los requisitos. De este modo, lo establece la Ley del Ingreso Mínimo Vital en su artículo 15, cuando dice que «el derecho a percibir la prestación económica del ingreso mínimo vital se mantendrá mientras subsistan los motivos que dieron lugar a su concesión y se cumplan los requisitos y obligaciones previstos».
Por tanto, el único motivo para que una persona deje de beneficiarse de esta prestación, es porque no cumpla con los requisitos establecidos o se den circunstancias que la administración considere que son razones para la suspensión o extinción de la ayuda. Algunas de estas razones pueden ser:
- Acceder al Ingreso Mínimo Vital (IMV) de forma fraudulenta.
- Tener ingresos por encima de los establecidos.
- No informar sobre cambios que sean relevantes en la composición de su unidad de convivencia.
Requisitos para percibir esta prestación
La Seguridad Social es la entidad encargada de determinar si una persona debe beneficiarse del Ingreso Mínimo Vital (IMV) o no. Pero, ¿Cómo determina quien sí y quien no? Para empezar, porque tiene establecidos una serie de requisitos sin los cuales, el solicitante ni siquiera pasará la criba. Pero además, cuenta con las herramientas suficientes para poder evaluar a cada beneficiario y decidir, en base a su situación personal y económica, qué cuantía se le asigna.
En cuanto a los requisitos establecidos para poder beneficiarte de esta ayuda, son incuestionables los siguientes:
- Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante al año inmediatamente anterior.
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica. Esto se determina en base a nivel de ingresos, rentas y patrimonio de la persona.
- Miembros de la unidad de convivencia y que esta esté formada desde al menos seis meses antes a solicitar la ayuda.