La palabra testamento nos traslada al documento en el que una persona puede dejar su voluntad expuesta para que se lleve a cabo cuando fallezca. Sin embargo, no es la única acepción de la palabra. En la actualidad, también contamos con el testamento vital y el testamento digital. En los tres casos, su función es dejar establecida una voluntad hacia un deseo que debe llevarse a cabo cuando hayamos fallecido, o perdamos las principales capacidades para expresarnos, como es el caso de este documento vital.
Sin embargo, está claro que el más actual es el que conocemos como testamento digital, pues este ha surgido de la necesidad de dejar establecido qué queremos que ocurra con toda la herencia online de la que disponemos. Y es que en la actualidad, gran parte de nuestra vida se desarrolla o se deposita en internet. Esto significa, que cuando fallezcamos, ahí va a quedar un legado que quizás muchos prefieran que se gestione o incluso que se haga desaparecer. Es por ello, que ha surgido esta posibilidad. Sin embargo, son muchas las dudas que aun existen al respecto.
El objeto de un testamento digital
Es posible que con el paso de los años te hayas planteado en si debes hacer un testamento o no. Facilitar el proceso de partición de herencia, es un motivo más que razonable para decidirse a llevar a cabo este acto. En cuanto al mismo documento pero vital, también estamos cada vez más concienciados, pues del mismo modo, facilitamos la tarea a nuestros seres queridos ante una decisión difícil de tomar. Sin embargo, ¿Has pensado en que ocurrirá con todo ese mundo que dejamos de forma virtual? Y es que en la actualidad, gran parte de nuestra vida está en la nube.
Es por ello que ya se contempla la opción de realizar un testamento digital. Se trata de derecho digital en el que deben reflejarse los contenidos digitales de la persona. Es decir, un lugar en el que estén recopilados todos tus datos digitales y qué queremos que ocurra con ello. En este sentido, deben recogerse contraseñas, redes sociales donde se tengan cuentas, correos electrónicos e incluso las cuentas que tengamos en las diferentes plataformas como Netflix. Pero además, debemos dejar a una persona que será la encargada de hacerse cargo según nuestra voluntad.
A pesar de ser un acto relativamente actual cuya necesidad ha surgido principalmente en los últimos años, está recogida por la ley. Concretamente, en el artículo 96 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales. Por tanto, ya es posible dejar atado todo lo que queremos que ocurra con nuestra vida virtual. Un hecho del que posiblemente, cada vez desarrollemos más conciencia sobre su necesidad. Pero, ¿Cómo debe llevarse a cabo?
La necesidad de acudir a un notario
Ante la duda de si hay que acudir a un notario para hacer un testamento digital, la respuesta es que depende. Pues no es necesario llevarlo para hacerlo, pero sí es recomendable, ya que tarde o temprano este profesional deberá dar fe sobre lo allí recogido. Pero comencemos por el principio. Lo primero que debe hacerse para llevar a cabo este acto, es recopilar toda la información que tenemos en la red. Es decir, hacer un pequeño inventario de nuestro rastro online.
A continuación, debes decidir qué quieres que se haga con todo ese material. En este sentido, se puede abogar por eliminarlo todo, dejarlo activo, permitir a otros que la actualicen o dejarla sin más. Además, debes decidir quién quieres que se quede como encargado de llevar a cabo tu voluntad y preferiblemente, dejarlo todo por escrito.
En este momento es cuando debes decidir si quieres acudir a un notario para que este de fe del testamento digital. De lo contrario, debe haber un encargado que lleve este documento ante notario cuando la persona fallezca. Por tanto, en cualquiera de los casos, tarde o temprano será necesaria la actuación de este profesional.