Desde el pasado 1 de junio de 2024 ya no se podrán cobrar diferentes subsidios por desempleo. Con la entrada en vigor de la nueva reforma del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), se produce la eliminación de varios subsidios por desempleo.
Hasta el momento, existían ocho modalidades de subsidios por desempleo en España. Así, esta reforma provoca una reducción del número de subsidios por desempleo que se pueden cobrar en España.
Extinción de varios subsidios por desempleo
Esta reforma, aprobada el pasado 19 de diciembre de 2023 por el Gobierno de España, tiene como finalidad simplificar las ayudas asistenciales para las personas en paro que agotan el derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo.
Así, estos son los subsidios que ya no se podrán percibir en España desde el 1 de junio de 2024, según la última reforma del SEPE:
- Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).
- Renta Activa de Inserción (RAI).
- Subsidio para personas liberadas de prisión.
- Subsidio para emigrantes retornados.
- Subsidio de revisión por incapacidad permanente.
A partir de ahora, solamente existirán tres modalidades de subsidio por desempleo en España: Subsidio para mayores de 52 años, subsidio por cotización insuficiente y subsidio por agotamiento de la prestación contributiva por desempleo.
De este modo, todos los subsidios eliminados quedarán integrados bajo una única prestación, que será el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva por desempleo. Así se recoge en la nueva normativa del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
Reforma del subsidio por desempleo
Además, hay que tener en cuenta la reforma asistencial del subsidio por desempleo, aprobada por el Gobierno de España durante el mes de mayo de 2024. Si bien, las medidas de esta reforma entrarán en vigor a partir del 1 de noviembre de 2024.
💻 Aprobado el Real Decreto-ley 2/2024, para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo.
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— SEPE (@empleo_SEPE) May 22, 2024
Esta reforma contempla la inclusión de nuevos colectivos para que puedan acceder al subsidio por desempleo. En este sentido, se habilita un subsidio especial para personas víctimas de violencia de género o violencia doméstica, a partir de los 16 años de edad.
También podrán acceder al subsidio por desempleo las personas menores de 45 años que no tengan cargas familiares. Este colectivo se integrará en el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva por desempleo.
Del mismo modo, el acceso al subsidio por desempleo también se extiende a los trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla, y los trabajadores eventuales agrarios. Se trata de una de las medidas importantes de la reforma del subsidio asistencial por desempleo.
Tal y como hemos comentado inicialmente, esta otra reforma entrará en vigor el 1 de noviembre de 2024. Si bien, desde el SEPE aclaran que «los derechos reconocidos antes de esta fecha se mantienen con la normativa anterior hasta su extinción».
Además, esta reforma del subsidio por desempleo también recoge otras medidas de gran importancia. Por ejemplo, se elimina el mes de espera tras el agotamiento de la prestación contributiva por desempleo para poder cobrar el subsidio por desempleo.
Igualmente, se refuerzan las medidas para la reincorporación al mundo laboral, se amplían los colectivos que pueden acceder al subsidio, y habrá nuevas cuantías mensuales para las personas beneficiarias de cada uno de estos subsidios por desempleo.
Durante los primeros seis meses, el subsidio por desempleo tendrá una cuantía mensual del 95% del IPREM. En los seis meses posteriores será equivalente al 90% del IPREM; y del 80% del IPREM durante el resto de duración de la prestación.