Las personas con 52 años o más que hayan agotado la prestación contributiva por desempleo y cumplan los requisitos oportunos, tienen la posibilidad de acceder al subsidio para mayores de 52 años. Este subsidio es gestionado por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Este es uno de los subsidios más ventajosos que se pueden recibir en España. Entre otras cosas, los ciudadanos pueden cobrar esta prestación hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación, tal y cómo explican desde el SEPE. Para ello, es necesario seguir cumpliendo los requisitos que dieron derecho a la percepción del mismo.
Además, para renovar cada año la percepción del subsidio para mayores de 52 años es necesario presentar ante el SEPE la Declaración Anual de Rentas; en la que se debe acreditar que los ingresos son inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada momento. Este requisito es fundamental para poder renovar el derecho a seguir cobrando la prestación.
¿Paga extra en el subsidio para mayores de 52 años?
Durante el año 2021 saltaron a la luz varios rumores que apuntaban a la posibilidad de establecer dos pagas extraordinarias en el subsidio para mayores de 52 años a partir del 2022; como ocurre con prácticamente todas las pensiones contributivas del sistema español.
Sin embargo, es necesario aclarar que en este año 2022 no habrá pagas extraordinarias en el subsidio para mayores de 52 años. El SEPE paga esta prestación en doce mensualidades durante el año, normalmente realizando el ingreso el día 10 de cada mes; aunque si coincide en día festivo, realiza el pago el día hábil inmediatamente posterior.
Así, el importe mensual del subsidio para mayores de 52 años es equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Es decir, se corresponde con una cuantía de 463 euros en este año 2022.
Respecto a este subsidio, otra de sus grandes ventajas es que durante la percepción del mismo se puede seguir cotizando a la Seguridad Social de cara a la futura pensión de jubilación, En referencia a ello, desde el SEPE argumentan que «la entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento».
Así, las personas interesadas en cobrar este subsidio para mayores de 52 años deben cumplir todos los requisitos específicos. Si bien, pueden realizar la correspondiente solicitud de percepción del mismo a través de la Sede Electrónica del SEPE, por correo administrativo, oficina de prestaciones o cualquier oficina de registro público.