Dentro de los diferentes grados de incapacidad permanente que existen, la incapacidad permanente parcial es el más bajo que se puede reconocer. En este sentido, cabe destacar que se trata de un grado de invalidez particular y con unas características diferenciales.
La Seguridad Social define el grado de incapacidad permanente parcial como aquella que ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% debido a una lesión o enfermedad. Si bien, el reconocimiento de una pensión de incapacidad parcial no conlleva el abandono del puesto de trabajo, como si ocurre con grados más elevados de invalidez.
En cualquier caso, las contingencias que pueden dar lugar a una incapacidad permanente parcial son accidente de trabajo, enfermedad profesional, enfermedad común y accidente no laboral; al igual que en el resto de grados de incapacidad.
Autónomos e incapacidad permanente parcial
Muchos trabajadores autónomos tienen dudas sobre la posibilidad de tener derecho a percibir una ‘pensión’ de incapacidad permanente parcial, en caso de que se dieran las condiciones necesarias para ello.

La realidad es que los trabajadores autónomos o por cuenta propia también pueden tener derecho a una incapacidad permanente parcial. No obstante, únicamente cuándo derive de enfermedad profesional o accidente de trabajo. Así lo recoge la normativa, según explican los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘
Hay que tener en cuenta que la incapacidad permanente parcial no consiste en la percepción de una pensión en mensualidades debido a la pérdida de ingresos que genera en un trabajador determinadas dolencias o lesiones.
En la incapacidad parcial se genera el derecho a recibir una indemnización económica que se cobra en un pago único. No obstante, en el sistema español tiene la consideración de pensión.
Precisamente por este motivo, la incapacidad de grado parcial tampoco es revisable por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), ya que una posible mejora en el estado de salud no implica que tenga que devolver el dinero recibido previamente.
Con todo ello, una de las características más relevantes de la incapacidad permanente parcial es que es compatible con todo tipo de trabajo.
Requisitos de la incapacidad parcial en 2022
Tanto los trabajadores autónomos, como aquellos afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, deben cumplir una serie de requisitos claves para tener derecho a una indemnización de incapacidad permanente parcial en España en 2022:
- No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación o habiéndola cumplido no cumple los requisitos para tener derecho a una pensión de jubilación.
- Estar en situación de jubilación anticipada y no haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
- Estar en situación de alta o asimilada de alta.
Si la incapacidad permanente parcial deriva de accidente (sea o no laboral) o enfermedad profesional, el Instituto Nacional de la Seguridad Social no exige ningún requisito de cotización.

Sin embargo, en el caso de trabajadores por cuenta ajena, si la incapacidad parcial deriva de enfermedad común, el trabajador debe acreditar como mínimo 1.800 días cotizados a la Seguridad Social en los 10 años previos a la realización de la solicitud.