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SEPE: ¿Qué es la colocación adecuada? Así podríamos perder nuestro subsidio 

El hecho de rechazar la colocación adecuada del SEPE podría dar lugar a una infracción grave por parte del organismo 

RD Tododisca RD Tododisca
10/06/2021 09:43 - Actualizado 05/06/2025 09:45
Prestaciones
¿Qué es la colocación adecuada del SEPE?

¿Qué es la colocación adecuada del SEPE?

Recibir un subsidio o prestación por desempleo del SEPE no es solo un derecho, sino que además conlleva una serie de obligaciones que debemos cumplir si no queremos perder la ayuda. Durante el tiempo en el que estemos inscritos en el SEPE debemos de ser conscientes con los deberes a cumplir, y en caso de no cumplirlos, podríamos enfrentarnos a sanciones graves o muy graves, que podrían dar lugar a la pérdida temporal o definitiva del subsidio que estemos cobrando.

En esta ocasión, vamos a centrarnos en la ‘colocación adecuada’ del SEPE, que se entiende por el ofrecimiento de un trabajo similar al que el desempleado estaba desempeñando la última vez que estuvo trabajando. Así, el SEPE detalla de la siguiente manera en qué consiste la ‘colocación adecuada’:

  • La profesión demandada por la persona trabajadora ante los servicios públicos de empleo.
  • La profesión habitualmente desempeñada.
  • Otra profesión que se ajuste a las aptitudes físicas y formativas de la persona demandante.
  • La profesión desempeñada en último lugar si duró al menos tres meses.

Pese a ello, el SEPE deja claro que si la persona beneficiaria ha percibido una prestación durante un año de manera interrumpida, se considerará colocación adecuada cualquier profesión que los servicios públicos de empleo crean conveniente.

¿Qué se considera por ‘colocación adecuada’?

Una oferta de empleo será adecuada si su lugar de trabajo se encuentra en la misma localidad de su residencia habitual, o como máximo, a 30 km de distancia, sin que el desplazamiento suponga el 25% de la duración de la jornada de trabajo o el 20% del salario mensual, salvo que tenga alojamiento propio.

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La colocación que se ofrezca a la persona trabajadora se entenderá adecuada teniendo en cuenta la duración del trabajo (indefinida o temporal) o de la jornada (a tiempo completo o parcial).

De hecho, dicha colocación será adecuada si el salario es el que equivale al puesto de trabajo ofrecido, con independencia de la cuantía de la prestación a que tenga derecho la persona trabajadora o se trate de trabajos de colaboración social.

¿Qué pasa con nuestro subsidio si rechazamos el empleo?

En caso de rechazar una oferta de empleo adecuada, ya sea ofrecida por servicios públicos de empleo o por las agencias de colocación sin fines lucrativos, salvo causa justificada, es motivo para que el órgano competente inicie un procedimiento sancionador por infracción grave, que podría derivar al fin del subsidio por desempleo o el que estemos cobrando.

La sanción podría suponer la pérdida de tres meses de subsidio la primera vez que se comete una infracción grave, de seis meses la segunda vez y la pérdida de todo el derecho si existiese una tercera infracción grave.

En caso de reincidencia no es necesario que el incumplimiento siempre sea del mismo tipo. (en este caso, rechazar oferta de empleo adecuado). Se aplicará esta escala a partir de la primera infracción (con independencia del tipo de infracción), cuando entre una infracción grave y la anterior no hayan transcurrido más de 365 días.

SEPE: ¿Qué es la colocación adecuada? Así podríamos perder nuestro subsidio 
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Temas: Subsidio
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