La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha lanzado recientemente una nueva aplicación para teléfonos móviles. Esta aplicación ofrece servicios específicos de gran interés para todos los ciudadanos. Además, cuenta con ventajas específicas para las personas empleadas del hogar.
Es decir, esta app de la Seguridad Social incluye un apartado especial para las personas que trabajan en el ámbito doméstico. Además, también constituye una app de interés para los empleadores. Esta nueva aplicación está disponible para iPhone y para Android.
Ventajas de la nueva app de la Seguridad Social
Desde la Seguridad Social exponen que «tanto los empleados de hogar como sus empleadores pueden consultar en esta nueva app gratuita toda la información necesaria para poder estar incluidos en este Sistema Especial«.
#Empleodehogar. Para la acreditación del alta, baja o modificaciones en empleo de hogar puedes conseguir una copia de estos documentos. Puedes solicitarlo desde #IMPORTASS el portal de la TGSS. Solicítalo aquí 👉https://t.co/l2VNOGwEgO pic.twitter.com/Sa1PAKOQfm
— Información TGSS (@info_TGSS) September 27, 2024
Además, también es posible utilizar todas las herramientas y trámites necesarios a través de la nueva app de la Seguridad Social. Por ejemplo, es posible recibir avisos personalizados y notificaciones ‘push’. También incorpora un acceso con identificación biométrica.
Si bien, estos son todos los servicios que ofrece la nueva app de la Tesorería General de la Seguridad Social al colectivo del Empleo del Hogar:
- Cálculo de la cuota a pagar, a través de una simulación.
- Tramitación de alta y baja para la persona empleada del hogar.
- Acreditación del alta, baja o modificaciones en el empleo del hogar.
- Consultar los recibos emitidos por la Seguridad Social.
- Obtener el informe de vida laboral.
- Modificación de los datos como empleador del hogar.
- Modificación de los datos como persona empleada del hogar, tales como salario, jornada, etc.
Además, la nueva aplicación móvil de la TGSS también incluye una Guía práctica del Empleo del Hogar. A través de esta guía, tanto empleador como empleado pueden solventar la mayoría de sus dudas en lo relativo a la actividad laboral y las relaciones con la Seguridad Social.
¿Cuándo hay que tramitar el alta en el empleo del hogar?
Es habitual que surjan ciertas dudas entre la persona empleada del hogar y el empleador/a, sobre las relaciones obligatorias con la Seguridad Social. Una de las dudas más recurrentes es cuándo se debe dar de alta en la Seguridad Social a una persona empleada del hogar.
Al respecto, desde la Administración explican que el alta en la Seguridad Social se debe llevar a cabo «siempre que una persona vaya a realizar una actividad en el entorno doméstico a cambio de un salario. Hay que solicitar el alta independientemente del número de horas que trabaje. Se consideran tareas domésticas, entre otras, el servicio de limpieza o el cuidado de menores o personas dependientes».
En este sentido, el alta en el Sistema del Empleo del Hogar se puede completar con una antelación de 60 días con respecto al día de inicio de la actividad laboral. Se puede realizar incluso el mismo día en el que la persona trabajadora comience a prestar servicio.
También puede darse el caso de que la persona empleada del hogar ya haya comenzado a trabajar. En ese caso, el empleador/a dispone de 30 días hábiles para completar el alta. Si esto ocurre, desde la Seguridad Social señalan que «se considera que el alta ha sido comunicada fuera de plazo y la cuota a pagar se calculará desde la fecha que has indicado como de inicio de la actividad. Si han pasado más de 30 días desde el inicio de la actividad deberás presentar el alta enviando una solicitud».