Tododisca
  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones
No Result
View All Result
  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones
Tododisca
No Result
View All Result

La Seguridad Social lanza un aviso sobre la nueva baja de las empleadas del hogar

La Seguridad Social advierte del nuevo mecanismo establecido a la hora de transmitir una baja por incapacidad temporal de una empleada del hogar

RD Tododisca RD Tododisca
31/08/2023 11:02 - Actualizado 04/06/2025 21:08
Prestaciones
Seguridad Social, empleadas, hogar, baja, incapacidad temporal

La Seguridad Social avisa del nuevo mecanismo de baja de las empleadas del hogar

La Seguridad Social cambia el sistema de bajas para las empleadas del hogar. Y es que desde el pasado mes de abril, no son los propios afectados quienes tienen que aportar a sus empresas el parte de baja. Actualmente, el sistema se ha automatizado más, con el objetivo de que la comunicación sea más directa y fluida.

Así que en la actualidad, cualquier persona del gremio del hogar que esté de baja por incapacidad temporal, será comunicado a la empresa de la siguiente manera: En primer lugar, el facultativo que lo haya concedido enviará la documentación al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Este organismo oficial, será quien se lo facilite a la empresa.

Esta nueva condición incluye a los empleados y empleadas del hogar, así como a las personas que prestan un servicio retribuido en el ámbito familiar. De este modo, serán los organismos, tanto públicos como privados, quienes gestionen las bajas por incapacidad temporal. Despreocupándose así al afectado de la dolencia.

Para que no haya ningún tipo de problema, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) utilizará hasta tres vías para comunicarse con el empleador. La primera será vía SMS. Esta comunicación será la que anuncie la situación de baja. En segundo lugar, llegará la información por correo postal y finalmente, se remitirán todos los datos por vía telemática.

Noticias Relacionadas
Pensión orfandad
Pago extra de la Seguridad Social en la pensión de orfandad. Prepárate porque será dentro de poco
Complemento de ayuda a la infancia de la Seguridad Social
Beneficiarios del complemento de ayuda a la infancia de la Seguridad Social

LA SEGURIDAD SOCIAL ACTUALIZA ASÍ LOS DATOS EN SU SISTEMA

La Seguridad Social, además de tener establecidas tres vías mediante las cuales comunicar al empleador la baja por incapacidad temporal de un empleado, habilitará en el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social, toda la documentación para que pueda consultarse en cualquier momento que sea necesario. Por tanto, desde la empresa empleadora podrán consultar y ver la duración y la fecha de la baja, entre otros datos.

Seguridad social, médico, baja, incapacidad temporal
El facultativo será el encargado de informar a la Seguridad Social

Además, estos datos se irán actualizando conforme se vayan pasando revisiones médicas. Por lo que siempre estarán disponibles los últimos datos. Pero, ¿Por qué es esta información tan importante? Saber la fecha exacta de baja, en el caso de los empleados del hogar, es muy importante por ejemplo, en el caso de que la incapacidad temporal sea consecuencia de enfermedad común o accidente no laboral.

LA IMPORTANCIA DE LA FECHA DE LA BAJA

En el caso de que a un empleado o empleada del hogar le concedan una baja por incapacidad temporal debido a enfermedad común o accidente no laboral, saber la fecha exacta en la que le otorgan esta situación es muy importante. El motivo es que en este sector, no tienen derecho a cobrar durante los tres primeros días de baja.

Una vez transcurridos esos tres primeros días, entre el cuarto y el octavo, es la empresa o parte contratante, la que tiene la obligación de pagar al empleado. Y a partir del noveno día, es cuando los pagos dependen de la Seguridad Social. En cuanto a la cuantía, recibirá un 60 por ciento de su base reguladora entre los días 4 y el 20, y un 75 por ciento desde el día 21 hasta que le den el alta.

Sin embargo, si la baja es concedida a causa de un accidente de trabajo o por enfermedad profesional, será la Seguridad Social la encargada de hacerse cargo de los pagos desde el día siguiente a la fecha de la baja. En este caso, el importe asciende al 75 por ciento de la base reguladora desde el principio.

La Seguridad Social lanza un aviso sobre la nueva baja de las empleadas del hogar
RD Tododisca
Sobre el autor ▼
Equipo de redacción de Tododisca. Especializados en trámites, pensiones, jubilación, personas con discapacidad, dependientes, personas mayores y accesibilidad. Desde 2013, en Tododisca nos dedicamos a ayudar a todas las personas que necesitan información sobre trámites, ayudas o subsidios, todo ello asesorados por expertos en discapacidad y accesibilidad. El equipo está compuesto por especialistas en el sector de la economía, las prestaciones o el empleo para asesorar de la mejor forma a los lectores en cada momento.
Temas: Seguridad Social
Noticias Relacionadas
Cómo afectan los trimestres cotizados al momento de jubilarme
¿Cómo afectan los trimestres cotizados al momento de jubilarme?
El CERMI lanza un nuevo reto a la Seguridad Social: compatibilizar trabajo e incapacidad permanente
El CERMI emplaza a la Seguridad Social a compatibilizar trabajo e incapacidad permanente
Estos son los casos excepcionales en los que una pensión podría ser suspendida o modificada
Estos son los casos excepcionales en los que una pensión podría ser suspendida o modificada
Adiós a la prestación de los pensionistas si no van al reconocimiento médico
¿Debo pasar reconocimiento médico si recibo esta prestación?
  • Aviso legal
  • Buenas prácticas editoriales y ética
  • Política de correcciones
  • Política de cookies y privacidad
  • Quienes somos
  • Mapa de Sitio
  • Contacto
  • Branded Content

© 2025 Tododisca S.L.U.

  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones

© 2025 Tododisca S.L.U.