La Seguridad Social detalla en sus canales oficiales como quedan las cuantías del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) tras la nueva subida aprobada por el Gobierno de España, para beneficio principalmente de los trabajadores con salarios demasiado bajos.
En concreto, el Consejo de Ministros del Gobierno de España ha aprobado esta nueva subida del Salario Mínimo en febrero de 2022. No obstante, las cuantías que se establecen deben regir desde el 1 de enero de 2022; tanto para trabajadores fijos como para eventuales o temporeros. Así como en el caso de empleadas y empleados del hogar.
Esta nueva subida, comunicada oficialmente por la Seguridad Social, tiene como objetivo avanzar en el propósito de que las personas trabajadoras tengan reconocido el derecho a una remuneración equitativa y suficiente. Todo ello siguiendo la línea marcada por el Comité Europeo de Derechos Sociales.
Según indican desde el Gobierno de España, la subida progresiva del Salario Mínimo Interprofesional ha contribuido a reducir la brecha salariar en aproximadamente 5 puntos entre los años 2019 y 2020.
La subida del SMI, según la Seguridad Social
Desde la Seguridad Social informan que el incremento del SMI «contribuye a promover un crecimiento y una recuperación de la actividad económica sostenida, sostenible e inclusiva, al cumplimiento de la Agenda 2030 y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relativos a la erradicación de la pobreza, la promoción de políticas orientadas a la creación de puestos de trabajo decentes y a la adopción de políticas salariales que permitan alcanzar una mayor igualdad, en especial entre mujeres y hombres, y una mayor cohesión social».
Así, según la nueva normativa aprobada, el Salario Mínimo Interprofesional queda fijado en 1.000 euros mensuales distribuidos en 14 pagas. Esto implica una retribución salarial de 33,33 euros al día como mínimo con carácter general.
Por su parte, en el caso de trabajadores y trabajadores eventuales y temporeros, cuyos servicios no superen los 120 días en la misma empresa, recibirán un mínimo de 47,36 euros por jornada legal.
Además, la nueva normativa sobre el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) fija que los empleados y empleadas del hogar deben recibir un mínimo de 7,82 euros brutos por cada hora efectivamente trabajada. Así lo detallan desde la Seguridad Social.
El objetivo de la subida del SMI
La subida del Salario Mínimo Interprofesional repercute de forma beneficiosa, especialmente, a las personas con menos ingresos laborales. Es decir, contempla una serie de efectos favorables a mujeres y personas jóvenes que habitualmente cuentan con contratos temporales o a tiempo parcial.
Desde la Seguridad Social insisten en que «la subida sigue el dictamen de la Comisión para el Análisis de la Subida del SMI formada por personas expertas que elaboró y aprobó por unanimidad un informe la senda del crecimiento del SMI para alcanzar el 60% del salario medio antes de que concluya la legislatura».
Además, el incremento del Salario Mínimo cuenta con efectos probados y de gran inmediatez a la hora de hacer frente a la pobreza laboral, desigualdad, brecha salarial entre hombres y mujeres, y precariedad salarial de colectivos más vulnerables y que cuentan con menos capacidad de negociación, según precisan desde la Seguridad Social.