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Requisitos para trabajar cobrando una pensión no contributiva de incapacidad

Existe la posibilidad de recibir ingresos por trabajo mientras se cobra una pensión no contributiva de incapacidad del IMSERSO

Alejandro Perdigones
15/09/2024 00:29 - Actualizado 05/06/2025 09:51
Prestaciones
Trabajar cobrando una pensión no contributiva de incapacidad

Trabajar cobrando una pensión no contributiva de incapacidad./ Licencia Adobe Stock

La pensión no contributiva de incapacidad es un tipo de pensión dirigida a personas con una discapacidad igual o superior al 65% y que cumplen ciertos requisitos de vulnerabilidad. Este tipo de pensión está gestionada por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).

Desde el IMSERSO explican que «la pensión no contributiva de incapacidad asegura a todos los ciudadanos en situación de incapacidad y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva».

Trabajar con una pensión no contributiva de incapacidad

Por lo general, la pensión no contributiva de incapacidad es incompatible con ingresos procedentes de rentas del trabajo. Sin embargo, existe una excepción por la que se puede trabajar al mismo tiempo que se percibe una prestación de estas características.

Es cierto que las personas beneficiarias de una pensión no contributiva de incapacidad deben presentar una declaración de ingresos en el primer trimestre de cada año. No obstante, los titulares de una prestación de este tipo pueden ganar dinero trabajando.

La pensión no contributiva de incapacidad es compatible con un salario cuyo importe sea inferior a la suma de la propia pensión más el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Es decir, en 2024, los ingresos del trabajo compatibles deberían ser inferiores a 14.450,60 euros anuales.

Actualmente, la cuantía de la pensión no contributiva de incapacidad es de 7.250,60 euros al año. Por su parte, el IPREM anual en 12 pagas se sitúa en 7.200 euros. De este modo, los ingresos por trabajo compatibles deben establecerse por debajo de 14.450,60 euros al año.

Además, la compatibilidad entre la pensión no contributiva de incapacidad y un trabajo solo podrá llevarse a cabo durante un máximo de cuatro años. Así se desprende de la normativa del IMSERSO referente a las pensiones no contributivas de incapacidad.

Como conclusión, desde el IMSERSO aclaran que «la pensión se suspenderá si con la actividad laboral se genera un sueldo igual o superior a 14.450,60 euros anuales. Pero aquí encontramos una buena noticia, porque si lo que excede de esa cifra es la pensión anual sumada a los ingresos por trabajo, la pensión no contributiva de incapacidad se reducirá para no llegar a esa cantidad, pero no se perderá por completo».

Claves de la pensión no contributiva de incapacidad

Para tener derecho a percibir la pensión no contributiva de incapacidad es obligatorio cumplir con ciertos requisitos imprescindibles. Además, el importe de la prestación puede ser mayor en caso de que la persona beneficiaria tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 75%.

En este sentido, estos son los requisitos que exige el IMSERSO para tener derecho a cobrar una pensión no contributiva en 2024:

  • Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
  • Tener entre 18 y 65 años de edad.
  • Cumplir el requisito de carencia de rentas. En 2024, el IMSERSO considera cumplido este requisito cuando la persona beneficiaria tiene ingresos inferiores a 7.250,60 euros en cómputo anual.
  • Residir en territorio español y haberlo hecho durante un periodo mínimo de cinco años. Dos años de residencia deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.

Finalmente, desde el IMSERSO indican que «los pensionistas de pensión no contributiva de incapacidad cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 7.250,60 euros anuales, por lo que el importe de ese complemento queda fijado en 3.625,30 euros anuales».

Temas: Pensión
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