El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el organismo encargado de otorgar el derecho a recibir una pensión de incapacidad permanente en España. Si bien, la Justicia también atesora esta potestad en última instancia a solicitud de la persona afectada.
En España existen cuatro tipos de incapacidad permanente, diferenciados principalmente por el grado de incapacidad que presenta el trabajador para desarrollar determinadas actividades laborales a causa de una lesión o enfermedad.
La Seguridad Social define la pensión de incapacidad permanente como «una prestación que se reconoce al trabajador, cuando después de haber estado sometido a un tratamiento prescrito y haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas y funcionales graves, previsiblemente definitivas, que reducen o anulan su capacidad laboral».
¿Qué es la incapacidad permanente parcial?
Los cuatro grados de incapacidad permanente son parcial, total, absoluta y gran invalidez. Así, la invalidez parcial es el grado de incapacidad permanente más bajo que se puede reconocer a un trabajador en España.
Concretamente, se reconoce a aquellos trabajadores que a causa de una lesión o enfermedad presentan dificultades para desarrollar su actividad laboral habitual, con una disminución no inferior al 33% en su rendimiento habitual.
Realmente, la incapacidad permanente parcial no conlleva la percepción de una pensión como tal; sino que consiste en el cobro de una indemnización de pago único, por lo que tampoco es susceptible de revisión por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Una indemnización de incapacidad permanente parcial puede derivar de enfermedad profesional, enfermedad común, accidente de trabajo y accidente no laboral. Son las mismas contingencias que pueden ocasionar cualquiera de los grados de invalidez contemplados por la normativa en España.
Por otra parte, un elemento diferenciador del grado parcial es que no implica el abandono del puesto de trabajo o la extinción del contrato de trabajo con la empresa. En este sentido, se trata de un tipo de incapacidad permanente compatible con cualquier actividad laboral.
Requisitos para cobrar la incapacidad parcial
En cualquier caso, para poder percibir la pensión de incapacidad permanente parcial en España es necesario cumplir una serie de requisitos mínimos. Según los compañeros de ‘CampmanyAbogados‘, pueden solicitar la incapacidad parcial las personas que:
- Estén en situación de jubilación anticipada y aún no hayan alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
- No hayan cumplido la edad ordinaria de jubilación o que habiéndola cumplido no cumplan los requisitos para acceder a una pensión de este tipo.
- Estén en situación de alta o asimilada de alta.
En caso de que el trabajador no se encuentre dado de alta, si la incapacidad permanente parcial deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el INSS dará de alta automáticamente al trabajador.
Por otra parte, la normativa exige a los trabajadores 1.800 días de cotización en los últimos 10 años anteriores a la solicitud de la incapacidad permanente parcial. Eso sí, siempre que derive de enfermedad común.
No obstante, en el caso de que la incapacidad parcial derive de enfermedad profesional, accidente de trabajo o accidente no laboral, el INSS no exige ningún periodo de cotización precio al trabajador para acceder a la indemnización económica que le corresponda.