La incapacidad permanente total es un grado de invalidez que inhabilita al trabajador para desarrollar su profesión habitual. Sin embargo, el usuario puede compatibilizar la pensión con la realización de otras actividades laborales, siempre que no entre en conflicto con el grado de incapacidad reconocido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
El reconocimiento de una incapacidad permanente total conlleva la percepción de una pensión del 55% de la base reguladora del trabajador. En caso de que el ciudadano tenga 55 años y esté en situación de paro, la base reguladora puede ser del 75%, conociéndose esta situación como incapacidad permanente total cualificada.
Así, la incapacidad permanente total puede derivar de accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad profesional o enfermedad común. Según la contingencia que origina la incapacidad, el INSS puede exigir unos u otros requisitos.
¿Qué es la profesión habitual?
La profesión habitual es clave en la concesión de una pensión de incapacidad permanente. Si bien, no se trata de un empleo concreto, sino de las funciones profesionales que venía realizando el trabajador en el momento del hecho causante que ocasionó la incapacidad total.
Si la contingencia es una enfermedad común o profesional, el INSS considera profesión habitual aquella que el trabajador venía desarrollando en los doce meses anteriores al inicio de la baja médica. Desde ‘CampmanyAbogados‘ matizan que «si ese trabajo ha durado menos de doce meses y el anterior ha tenido una duración mayor, el anterior será la profesión habitual a efectos de incapacidad permanente total».
Otra cuestión diferente es si la incapacidad permanente total deriva de accidente de trabajo o accidente no laboral. En este tipo de situaciones, la profesión habitual se centra en el tipo de tareas profesionales que realizaba el trabajador en la fecha del accidente en cuestión. Así, el INSS tiene en cuenta la totalidad de funciones del empleo del ciudadano.
Relación con la incapacidad permanente total
En definitiva, la profesión habitual en la incapacidad permanente total no siempre es aquella a la que el trabajador se dedicaba en el momento del hecho causante. Una vez que el INSS o la Justicia aclaran cuál es la profesión habitual, el trabajador con incapacidad permanente total ya no podrá realizar la misma, debido al reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total.
La incapacidad permanente total permite una amplia compatibilidad con otras actividades laborales diferentes a la profesión habitual. Por este motivo, la normativa de la Seguridad Social contempla una pensión del 55% de la base reguladora y no un 100%. Es decir, el ciudadano tiene la posibilidad de compatibilizar los ingresos por trabajo y la pensión contributiva por incapacidad.
Como conclusión, los compañeros de ‘CampmanyAbogados‘ argumentan que «la incapacidad total es una pensión contributiva que se puede conceder a un trabajador que, como consecuencia de una enfermedad o lesión, queda limitado para ejercer su profesión habitual, pero no otras». Este año 2023, los beneficiarios de una pensión de incapacidad total cobrarán un 8,5% más con respecto al año anterior, debido a la revalorización de las pensiones contributivas.