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Si recibo una herencia, ¿puedo perder la pensión no contributiva?

El recibir una herencia puede provocar que una persona pierda el derecho a recibir una pensión no contributiva

RD Tododisca RD Tododisca
29/08/2023 12:00 - Actualizado 04/06/2025 21:08
Prestaciones
Una persona puede perder la pensión no contributiva por recibir una herencia

Una persona puede perder la pensión no contributiva por recibir una herencia

Cuando se produce el fallecimiento de un familiar, entra en juego la herencia, sobre la que desconocemos muchas cosas y que siempre genera dudas entre sus receptores, ya que puede ser considerado como un ingreso extraordinario. Por ejemplo, si recibimos una herencia, ¿tenemos que declararla en la Renta? O por otro lado, si tengo acceso a una herencia y recibo una pensión no contributiva, ¿qué ocurrirá?

Son dudas que se crean en la mente de las personas que están a la espera de recibir una herencia, y la verdad que habría que estudiar cada caso. Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que a la hora de recibir una herencia hay dos opciones, ya que podemos aceptarla o rechazarla. Además, debemos de saber que el cobro de una herencia no es excluyente en el caso de las ayudas públicas. Esto quiere decir que si cobramos una herencia no se nos elimina la posibilidad de recibir una pensión no contributiva, ayudas que son gestionadas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO.

Por lo tanto, lo único que tenemos que saber es que la herencia que recibimos no sea una piedra para cumplir con los requisitos de la pensión no contributiva. 

CÓMO PERDER LA PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA AL RECIBIR UNA HERENCIA

Como hemos indicado, la única manera de perder la pensión no contributiva al recibir una herencia es que esta incumpla con los requisitos que fija el IMSERSO para recibir la pensión no contributiva. En este aspecto, debemos de saber que existen dos tipos de pensiones no contributivas, la de invalidez y la de jubilación.

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Cada una de ellas cuenta con requisitos propios y comunes. Como propios podemos destacar de la pensión no contributiva de invalidez que está destinada a personas que tengan entre 18 y 65 años y con un grado de discapacidad igual o superior al 65%. En el caso de la de jubilación, las personas deberán de tener 65 años o más. En estos, no influiría la herencia para nada.

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Cuando hablamos de los requisitos comunes, encontramos dos. Por un lado, residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud, en el que tampoco influye la herencia.

Por otro, encontramos el aspecto económico en el que si va a aparecer un límite que puede afectar a la herencia. En este aspecto, las personas que reciben la pensión no contributiva no pueden superar unos ingresos, en cómputo anual para 2023, de 6.784.54 euros. De esta manera, si la herencia provoca que se supere ese límite, la pensión no contributiva sería rechazada.

Esta cifra límite aumenta en el caso de que exista una unidad económica de convivencia en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas por matrimonio o lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. El parentesco por consanguinidad hasta el 2º grado alcanza a: padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante

Si recibo una herencia, ¿puedo perder la pensión no contributiva?
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Temas: Imserso
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