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Opciones de ayuda vinculadas a la Ley de Dependencia en relación con la paga extra

La paga extra de junio es la primera de las dos pagas extraordinarias que reciben los trabajadores y pensionistas que tienen 14 pagas al año

Lidia Orellana Mayor
23/06/2024 14:00 - Actualizado 05/06/2025 09:47
Prestaciones
No hay paga extra para quienes se benefician de ayudas de la ley de Dependencia

No hay paga extra para quienes se benefician de ayudas de la ley de Dependencia

El mes de junio es sinónimo de paga extra para muchísimas personas. Y es que el sexto mes del año, es el elegido para ingresar la primera de las dos pagas extras que reciben las personas cuyo salario o pensión se divide en 14 pagas. Sin embargo, ya sea por olvido o por un cambio de situación, hay muchas personas que no tienen claro si se beneficiaran de este ingreso de cuantía doble. Este es el caso, por ejemplo, de quienes se benefician de una ayuda por la ley de dependencia.

Cabe recordar, que dicha ley, llamada Ley de Promoción de la Autonomía y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, tiene como fin garantizar los derechos de las personas que encuentran en situación de dependencia y requieren apoyos para realizar actividades básicas de la vida diaria, por razones de edad, enfermedad o discapacidad. Por tanto, se trata de una ley necesario para dar cobertura a las personas que cumplen dicho perfil.

¿Tienes derecho a paga extra?

Todo el mundo piensa en la paga extra, pero, ¿Quiénes tienen derecho a cobrarla? Los beneficiarios de las ayudas por la ley de dependencia, son algunos de los que mantienen esta duda. Pues aunque algunos pensionistas, además de personas asalariadas que tengan establecido su salario en 14 pagas, cobran esta paga extra, no es algo que se pueda generalizar a todas las ayudas.

Los beneficiarios de ayudas derivadas de la ley de Dependencia no tienen derecho a paga extra
Los beneficiarios de ayudas derivadas de la ley de Dependencia no tienen derecho a paga extra

Cabe señalar, que la Ley de Promoción de la Autonomía y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, define esta condición como «el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, así como por motivos relacionados con la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual y sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas para realizar actividades básicas de la vida diaria».

Pues bien, a pesar de ser personas que necesitan del acceso a varias ayudas que se disponen para ellos, las prestaciones y ayudas económicas derivadas de esta ley, no incluyen pagas extra. Y es que el objetivo de las ayudas disponibles para los dependientes de esta ley, es que están diseñadas para cubrir necesidades específicas y que se distribuyen de acuerdo con la normativa vigente, sin contemplar pagos extraordinarios adicionales.

Ayudas a las que se puede acceder por la ley de dependencia

Como ya hemos adelantado, los beneficiarios de las ayudas derivadas de la ley de Dependencia, no tienen derecho a paga extra. ¿El motivo? Que el objetivo de las ayudas destinadas a estos beneficiarios, es cubrir necesidades específicas. Pero, ¿De qué tipo de necesidades estamos hablando? Para entender el tipo de ayudas que se conceden en estos casos, podemos poner como ejemplo los siguientes:

  • Servicio de Teleasistencia: Dispositivo de comunicación que permite contactar con un centro de atención en caso de emergencia.
  • Servicio de Ayuda a Domicilio: Asistencia a domicilio para realizar actividades básicas e instrumentales de la vida diaria.
  • Centro de Día/Noche: Atención integral durante el día o la noche en centros especializados.
  • Servicios Residenciales: Estancias permanentes o temporales en residencias para personas dependientes.
  • Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar: Compensación económica para que el cuidado de la persona dependiente sea proporcionado por familiares o allegados en su domicilio.
  • Prestación Económica de Asistencia Personal: Ayuda financiera para contratar a un asistente personal que facilite la autonomía de la persona dependiente.
  • Prestación Económica Vinculada al Servicio: Subvención económica destinada a cubrir una parte del coste de un servicio de atención, como una residencia o centro de día.
Temas: Trabajo
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