Los pensionistas reciben mensualmente su cuantía, pero muchos reciben a lo largo del año dos pagas extras, que hacen que durante dos meses al año tengan una paga doble, ya que reciben la pensión mensual y esa paga extra. Pero no todas las personas que reciben una prestación saben si pueden o no acceder a esta paga extra, como es el caso de las personas que se benefician de la ayuda por la ley de dependencia, ¿pueden o no acceder a dicha paga extra?
Cabe recordar, que dicha ley, llamada Ley de Promoción de la Autonomía y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, tiene como fin «regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, en los términos establecidos en las leyes, mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia».
Ayudas a las que puede acceder con la ley de dependencia
Cuando hablamos de las prestaciones o ayudas a las que pueden acceder las personas en situación de dependencia, debemos de resaltar que son varias, diferenciando entre prestaciones económicas y servicios de atención.
Cuando hablamos de las prestaciones económicas, encontramos de tres tipo:
- Prestación económica vinculada al servicio (PEVS): Contribuir a la financiación del coste de un servicio, prestado por un centro o entidad privada debidamente acreditada, cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado
- Prestación económica para cuidados en el entorno familiar (PECEF): Contribuir a la financiación del contrato de una asistencia personal, que facilite el acceso tanto a la educación o al trabajo, como a una vida más autónoma (PEAP).
- Prestación económica de asistencia personal (PEAP): Contribuir a la financiación del contrato de una asistencia personal, que facilite el acceso tanto a la educación o al trabajo, como a una vida más autónoma (PEAP).
Por otro lado, cuando mencionamos los diferentes servicios, debemos de tener en cuenta que se incluyen:
- Residencias para personas mayores en situación de dependencia: las residencias para personas mayores en situación de dependencia ofrecen vivienda permanente a aquellas que, por su situación sociofamiliar o por limitaciones en su autonomía personal, no pueden ser atendidas en sus propios domicilios y requieren ser ingresadas en un centro residencial.
- Centros de día para personas mayores en situación de dependencia: Estos centros ofrecen una atención integral durante el día a las personas en situación de dependencia, mayores de 60 años o de 55 en caso de padecer alzheimer, con el fin de favorecer o mantener el mejor nivel posible de autonomía personal y prestar apoyo a las familias o cuidadores.
- Ayuda a domicilio: lo constituye el conjunto de actuaciones llevadas a cabo en el domicilio de las personas en situación de dependencia con el fin de atender las necesidades de la vida diaria, prestadas por entidades o empresas, acreditadas para esta función
- Teleasistencia: es un servicio que permite a las personas mayores o con discapacidad permanecer, de manera independiente, el mayor tiempo posible en sus hogares
- Atención temprana: forma parte de los servicios de Promoción de la Autonomía Personal y está dirigido a niños de 0 a 6 años que presentan necesidades especiales, transitorias o permanentes, originadas por deficiencias o alteraciones en el desarrollo.
- Centros para personas con discapacidad
¿Puedo optar a la paga extra con mi prestación de la ley de dependencia?
Los expertos aseguran que las personas que reciben ayudas por la ley de dependencia no reciben pagan extras.
Y es que el objetivo de las ayudas disponibles para los dependientes de esta ley, como ya hemos visto anteriormente, están diseñadas para cubrir necesidades específicas y que se distribuyen de acuerdo con la normativa vigente, sin contemplar pagos extraordinarios adicionales.
La Ley de Promoción de la Autonomía y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, define esta condición como «el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, así como por motivos relacionados con la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual y sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas para realizar actividades básicas de la vida diaria».