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¿Qué hacer si uno de los hermanos no quiere repartir la herencia? Los abogados dan estas 2 soluciones

Es habitual que el reparto de la herencia genere conflictos entre los herederos por estar en desacuerdo en cómo se va a llevar a cabo este reparto

Lidia Orellana Mayor Lidia Orellana Mayor
11/05/2025 22:30 - Actualizado 11/10/2025 02:33
Sociedad
Opciones en caso de desacuerdo con el reparto de una herencia

Opciones en caso de desacuerdo con el reparto de una herencia

Para que la partición y adjudicación de una herencia, es necesario el acuerdo unánime de todos los herederos. De hecho, si es así desde el principio, todo será más fácil, pues bastará con acudir al notario y realizar el otorgamiento de la escritura de Aceptación y Adjudicación de herencia. Sin embargo, los problemas vienen cuando no existe tal acuerdo, fundamentalmente, porque crea conflictos entre los familiares. No obstante, el marco jurídico español contempla soluciones para poder desbloquear el procedimiento de adjudicación en estos casos.

Pero, ¿Cómo es posible que el reparto de la herencia cree tantas ficciones entre los herederos, que por lo general, son familia? Razones hay tantas como personas, pero lo cierto, es que la práctica jurídica no deja lugar a dudas, y acredita que se trata de un proceso que produce muchísimos problemas entre los herederos. No hay que olvidar, que en la mayoría de los casos, este proceso tiene una gran trascendencia patrimonial. Pero, ¿Hay herramientas para evitarlo? Sí, el testamento, e incluir en él la figura del contador partidor, regulada en el artículo 1057 del Código Civil.

Opciones para desbloquear una herencia en caso de no haber acuerdo

Hay una figura que puede ser fundamental a la hora de hacer el reparto de una herencia en la entre los herederos no existe acuerdo. Se trata del contador partidor, una figura que tiene la potestad para realizar las operaciones particionales necesarias, de acuerdo con la voluntad del testador. Llegados este punto, cabe señalar que los abogados expertos en sucesiones señalan que la legislación civil española contempla dos opciones para desbloquear una herencia en caso de no haber acuerdo entre los herederos: Una vía notarial y una vía judicial.

En lo que respecta a la vía notarial o ‘interpelatio in iure’, como también se denomina, está regulada en el artículo 1005 del Código Civil y establece que cualquiera de los herederos puede acudir al notario para que este proceda a notificar un Acta de Interpelación al heredero o herederos que no quieran proceder a la partición de la herencia. Cuando el notario entrega el acta, el heredero que la recibe cuenta con tres opciones

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  • Contestar, aceptando pura y simple la herencia, lo que significa que acepta tanto bienes como deudas.
  • Contestar, aceptando la herencia a beneficio de inventario, es decir, que acepta solo para el caso de que el pasivo sea superior al activo.
  • No contestar. Si no contesta en el plazo de 30 días, la herencia se da por aceptada pura y simplemente.

Es una vez se ha aceptado la herencia, cuando la ley permite solicitar que se nombre a un contador partidor dativo, al notario o al letrado de la Administración de Justicia, que será el que se encargará de llevar a cabo las operaciones particionales pertinentes.

Solicitud de división judicial: La segunda vía

La segunda opción a la que se puede acceder en caso de desacuerdo para el reparto de la herencia, es la división judicial. Este caso se dará cuando uno o varios herederos, decidan dirigir la citada solicitud al Juzgado de Primera Instancia del lugar en el que el fallecido tuvo su último domicilio, tras lo cual, será el Letrado de la Administración de justicia, quien proceda a convocar a los herederos con el fin de concretar la masa hereditaria. Aquí pueden pasar dos cosas: Que haya acuerdo con el inventario y se cierre ese acto, o que existan discrepancias, y haya que celebrar una vista para concretar los puntos en los que no hay acuerdo.

A continuación, debe designarse un contador partidor que proceda a la partición y adjudicación de los bienes, en el caso de existir testamento. En este sentido, hay un punto a señalar, y es que en ocasiones, para que en el proceso no haya problemas, será necesario contar con peritos habilitados que realicen las valoraciones en base a los bienes a valorar.

Finalmente, será ya el juzgado quien traslade a las partes del Cuaderno Particional para que manifiesten su acuerdo o desacuerdo con el mismo. Igualmente en este punto, si hay acuerdo, se elevará a escritura pública y quedará finalizado el procedimiento. Si no hay acuerdo, se celebrará una vista con el fin de dirimir aquellas cuestiones en las que no haya acuerdo. Será una vez celebrada la vista, cuando se aprobará el Cuaderno Particional definitivo que será igualmente elevado escritura pública.

¿Qué hacer si uno de los hermanos no quiere repartir la herencia? Los abogados dan estas 2 soluciones
Lidia Orellana Mayor
Sobre el autor ▼
Soy licenciada en periodismo por la Universidad Europea de Madrid. Cuento con un Máster en Márketing Digital y RRSS, y un experto en gabinetes de comunicación política. Mi primera etapa profesional, la ocupé trabajando como redactora en medios de comunicación como Antena 3. Con objeto de conocer la 'otra parte' de la profesión, más tarde me especialicé en gabinetes de comunicación, trabajando en la planificación de estrategias de diversas empresas privadas y partidos políticos. Actualmente, aunando mi experiencia y mi pasión por escribir, soy redactora de las secciones de sociedad, empleo y prestaciones de Tododisca.
Temas: Herencia
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