Los herederos son las personas designadas para recibir una herencia. Cuando una persona fallece, los herederos sustituyen al fallecido en todos aquellos derechos, bienes y obligaciones que no se extinguen con la muerte. Para realizar esta designación, es importante realizar un testamento escrito donde la persona refleje, la voluntad que debe cumplirse, al momento de su fallecimiento.
No obstante, no disponemos de libertad total a la hora de repartir nuestros bienes aún teniendo testamento. Según lo dispuesto en el artículo 808 de Código Civil, la herencia debe repartirse en tres partes:
- La legítima. Es la parte que se reparte de igual modo entre los herederos forzosos.
- El tercio de mejora. Como su propio nombre indica, el testador puede beneficiar con esta porción al heredero o herederos forzosos que decida.
- El tercio de libre disposición. Esta es la parte que el testador podrá dejar a quien quiera.
Pero, ¿Qué pasa con el tercio de mejora o de libre disposición si el fallecido no tenía testamento? En este caso, todos los bienes, derechos y obligaciones del fallecido se reparten de igual modo entre los considerados herederos forzosos, denominándose así, herederos legales.
Conoce qué es un heredero forzoso en un testamento
Ya sabemos que los herederos son las personas que el testador designa para que hereden tras su fallecimiento. Pero también sabemos que no tenemos libertad total para dejar dichos bienes a quien queramos, pues existen lo que se conoce como herederos forzosos, pero, ¿Qué es un heredero forzoso en un testamento?
Un heredero forzoso es aquel al que legalmente le corresponde una parte de la herencia y que salvo excepciones, el testador no se la podrá quitar. Según el artículo 807 de Código Civil, los herederos forzosos son:
- En primer lugar, los hijos y descendientes del fallecido.
- En caso de no existir descendientes, los padres y ascendientes adquieren este derecho.
- El viudo o viuda, también es heredero forzoso, en la forma y medida que establece este Código. Esto significa que el cónyuge no recibe bienes, sino derecho de usufructo. Aunque existen excepciones como que el fallecido tenga hijos de otra relación, en cuyo caso la viuda o viudo, recibirá su parte de la herencia en dinero o mediante un lote.
Es importante señalar que aún siendo todos herederos forzosos, llegado el caso, el porcentaje de herencia que le corresponde no es el mismo. El Código Civil señala que a los descendientes les corresponden dos tercios de la herencia: La legítima más el tercio de mejora.
En el caso de no existir descendientes, los ascendientes pasan a ser los herederos forzosos. De ser así, si no existe cónyuge, a los ascendientes les corresponde la mitad del caudal hereditario. Pero si hay cónyuge, solo les corresponde un tercio de la herencia que hay especificada en el testamento.