La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte. Esto significa, que el heredero no solo recibe beneficios, sino que pueden existir cargas de las que también esté obligado a hacerse cargo. Esto es importante tenerlo en cuenta, porque es un derecho que se atribuye tanto si hay testamento como si no.
Por tanto, cuando fallece una persona de la que somos herederos, solo tenemos tres opciones:
- Aceptar la herencia. En este caso, se manifiesta el deseo de hacerse cargo de la sucesión. No obstante, se puede elegir entre aceptarla pura y simplemente o a beneficio de inventario. En el primer caso, se aceptan por completo los bienes y deudas correspondientes. En el segundo caso, el heredero responde de las deudas del causante hasta donde alcance el patrimonio hereditario. Es decir, no responde con sus propios bienes.
- Renunciar a la herencia. Para ello, el heredero debe acudir al notario y manifestar en escritura pública su voluntad de renunciar a la herencia.
- Derecho a deliberar. El heredero se reserva el derecho a reflexionar sobre lo que más le conviene. Igualmente, debe hacerse en el notario mediante escritura pública.
Cuando un heredero decide aceptar la herencia a beneficio de inventario, una vez hecho, no puede renunciar a ella. Sin embargo, si este se reserva el derecho a deliberar, conserva la dos opciones: Aceptar o renunciar a la herencia.
Aceptar solo los beneficios de una herencia
Si la pregunta es si se puede aceptar únicamente los beneficios de una herencia, la respuesta es que no. El Código Civil define la herencia como el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que no se extinguen con la muerte de una persona. Sin embargo, la mejor opción para que convertirse en sucesor no conlleve cargas que tengas que afrontar y te perjudique, es aceptar la herencia a beneficio de inventario.
El Código Civil en su artículo 1010 afirma que «Todo heredero puede aceptar la herencia a beneficio de inventario, aunque el testador se lo haya prohibido». Además añade que el heredero, «podrá pedir la formación de inventario antes de aceptar o repudiar la herencia, para deliberar sobre este punto». Esto significa, que el sucesor puede informarse acerca de los bienes y las cargas que le corresponden antes de tomar la decisión de aceptar su papel como heredero.
Entonces, ¿Cuál es la ventaja de aceptar una herencia a beneficio de inventario? Que el heredero no tendrá que arriesgar su patrimonio para subsanar cargas que le puedan ser atribuidas por ser sucesor del causante. Por tanto, el fin de este acto es proteger el patrimonio del heredero. Esto no significa que se hereden solo los bienes. Significa que responderemos del pasivo hereditario exclusivamente con bienes y derechos de la herencia.
Forma de aceptar a beneficio de inventario
Para aceptar una herencia a beneficio de inventario, el heredero debe realizar una declaración ante notario. A partir de este momento, se iniciará un proceso para realizar una inventario exacto de todos los bienes, derechos y obligaciones de la herencia. Es decir, un documento pormenorizado con todos los datos del caudal hereditario del fallecido y su valoración económica. Este debe estar finalizado en 60 días, salvo que el notario decida prorrogarlo hasta un máximo de un año.