Es posible cobrar dos pensiones de incapacidad permanente, siempre que el derecho que tengamos a percibirla se recoja en dos regímenes distintos de la Seguridad Social. De hecho, la Ley General de la Seguridad Social explica en su artículo 163 que las pensiones contributivas «serán incompatibles entre sí cuando coincidan en un mismo beneficiario, a no ser que expresamente se disponga lo contrario, legal o reglamentariamente». Ese ‘a no ser’, indica que existen algunas excepciones.
Para discernir estas excepciones en las que es posible cobrar dos pensiones de incapacidad permanente, hay que tener en cuenta las compatibilidades permitidas. Estas compatibilidades, son las que permiten que un pensionista, pueda proseguir su carrera laboral desempeñando otra función. Si en esta nueva etapa laboral, sufre un agravamiento del problema u otro distinto por el que le corresponde una pensión, podrá cobrarla igualmente.
Cuando hablamos de pensionistas, nos referimos a una persona que cobra una pensión. Son muchas las ocasiones, en las que se compatibiliza el cobro de pensiones contributivas de distinta índole. De este modo, una persona puede cobrar una paga por estar jubilado y otra por ser viudo. Este ejemplo es fácil de diferenciar porque son pensiones que vienen de diferentes regímenes. Sin embargo, también es posible percibir dos pensiones contributivas de incapacidad permanente juntas.
Formas de conseguir dos pensiones de incapacidad permanente
Cuando hablamos de pensiones en general, es fácil entender que una persona reciba dos pagas que se adjudican por situaciones o regímenes distintos. Sin embargo, las excepciones por las que es posible conseguir dos pensiones de incapacidad permanente, se nos hacen más difícil. Esto es porque las dos pagas vendrían por la misma razón. O ¿no?. Lo cierto es que para entenderlo de forma global, es mejor atender a un caso práctico que podamos trasladar a la realidad.
Imaginemos que una persona con un trabajo en el que necesita unas ciertas capacidades físicas, las pierde a causa de un accidente o enfermedad. En ese momento, pasará a ser beneficiario de una pensión por incapacidad permanente. Sin embargo, puede pasar que más adelante, encuentre un puesto de trabajo de un régimen distinto de la Seguridad Social que pueda desarrollar, por ejemplo en una oficina. Si con el paso del tiempo, en este nuevo puesto desarrolla una enfermedad diferente o se le agrava la que ya tenía, el trabajador podría tener derecho a dos pensiones distintas de incapacidad permanente siempre que cumpla con todos los requisitos que pida cada una de ellas.
¿Cuál es la cantidad máxima de dinero que puedes cobrar?
Cada pensión tiene atribuida una cantidad. En el caso de las pensiones de incapacidad permanente, depende de los grados concedidos en cada una de ellas. No es lo mismo una incapacidad permanente parcial, total, absoluta o de gran invalidez. Cada grado tiene estipulado unos requisitos y un porcentaje establecido de la base reguladora. No obstante, está establecido que la suma de las dos prestaciones no podrá superar la cuantía máxima de las pensiones. En 2023, esta cuantía es de 3.058,81 euros al mes y 42.823,34 euros al año.