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Así puedes cobrar 3.300 euros más por el Ingreso Mínimo Vital en España

Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital pueden cobrar varias pagas adicionales que habilita la normativa de la Seguridad Social

Alejandro Perdigones Alejandro Perdigones
03/08/2024 23:00 - Actualizado 05/06/2025 09:49
Prestaciones
Complemento extra para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital

Complemento extra para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital./ Licencia Adobe Stock

Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV) reciben una cuantía garantizada mensual en función del número de miembros que figuran en la unidad de convivencia. Esta prestación de la Seguridad Social se puede cobrar como beneficiario individual o como miembro de una unidad de convivencia.

En este sentido, un beneficiario individual del Ingreso Mínimo Vital en España en 2024, cobra una cantidad de 7.250,60 euros al año. Debido a que esta prestación se abona en 12 pagas al año, supone un importe mensual de 604,21 euros al mes.

Cobrar 3.300 euros extra por el Ingreso Mínimo Vital

Tal y como hemos comentado inicialmente, el importe de la prestación del Ingreso Mínimo Vital depende del número de miembros que figuran en una unidad de convivencia. En 2024, el Gobierno de España ha revalorizado las cuantías garantizadas del IMV en un 6,9% con respecto al año anterior.

Complemento extra para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital
Complemento extra para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital./ Licencia Adobe Stock

Para un beneficiario individual, el importe del Ingreso Mínimo Vital en 2024 es de 7.250,6 euros al año. Por su parte, para una unidad de convivencia con cinco miembros o más, la cuantía de la prestación en 2024 es de 15.951,24 euros al año.

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Así, es posible cobrar una cuantía adicional al importe garantizado del Ingreso Mínimo Vital. En concreto, una unidad de convivencia puede llegar a percibir hasta 3.300 euros más al año si se cumplen dos requisitos básicos.

La Seguridad Social contempla un complemento por monoparentalidad para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. Dicho complemento se puede percibir en caso de que se trate de una unidad de convivencia monoparental.

El complemento de monoparentalidad tiene una cuantía equivalente al 22% de la Renta Básica Garantizada vigente (7.250,60 euros al año). Es decir, se trata de un importe anual de 1.595,13 euros.

Además, también se puede cobrar un complemento por discapacidad junto con la cuantía del Ingreso Mínimo Vital. Para ello, es necesario que alguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 65%. Este complemento también presenta un importe equivalente al 22% de la Renta Básica Garantizada.

Con todo ello, la Seguridad Social permite cobrar al mismo tiempo el complemento por monoparentalidad y el complemento por discapacidad. Es decir, se puede recibir una cuantía adicional equivalente al 44% de la Renta Básica Garantizada.

En este caso, una unidad de convivencia que cumpla los requisitos para cobrar el complemento por monoparentalidad y el complemento por discapacidad, podrá percibir una cantidad extra anual de 3.190,26 euros, independientemente del número de miembros que figuren en la misma unidad de convivencia.

Un tercer complemento del IMV

Además de todo lo expuesto anteriormente, la Seguridad Social ofrece la oportunidad de percibir un tercer complemento a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. No existe ninguna normativa que impida compatibilizar la percepción de los tres complementos.

En este caso, hablamos del complemento de ayuda a la infancia, dirigido a personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital con hijos menores de edad en la misma unidad de convivencia. Esta ayuda adicional tiene como objetivo prevenir el riesgo de pobreza entre la población infantil que reside en España.

Así, esta es la cuantía del complemento de ayuda a la infancia en 2024, cuyo importe depende de la edad de los menores de edad:

  • Una cuantía de 115 euros al mes por cada hijo menor de 3 años.
  • Un importe de 80,5 euros al mes por cada hijo entre 3 y 6 años de edad.
  • Una cuantía de 57,5 euros al mes por cada hijo entre 6 y 18 años de edad.

Cualquier modificación en la unidad de convivencia debe ser comunicada a la Seguridad Social, ya que puede derivar en cambios respecto a la cuantía que les corresponde percibir por la prestación del Ingreso Mínimo Vital.

Así puedes cobrar 3.300 euros más por el Ingreso Mínimo Vital en España
Alejandro Perdigones
Sobre el autor ▼
Periodista. Estudié el grado de periodismo en la Universidad de Sevilla (US), finalizando la carrera en 2019. Desde entonces, he trabajado en diferentes Medios de Comunicación, especializándome en la redacción de noticias como EL MIRA. Me apasiona el periodismo. Actualmente me encargo de la redacción de contenidos en Tododisca, especializado en discapacidad, pensiones, prestaciones y trámites relacionados con la Seguridad Social.
Temas: Ingreso Mínimo VitalSeguridad Social
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