Las personas con discapacidad siempre tienen muchas preguntas para la Dirección General de Tráfico (DGT), que es el organismo que se encarga de la gestión de todo lo relacionado con el tráfico y la conducción en España. Y es que cuando una persona tiene un problema de salud que acaba en discapacidad tiene la obligación, por ley, de comunicarlo a tráfico.
Ya en otro artículos hablamos de lo que ocurre cuando una persona con discapacidad puede sacarse el carnet de conducir, para las que el procedimiento y trámite es algo más complejo.
La misión de la DGT «consiste en ejercer las competencias del Ministerio del Interior sobre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, teniendo como centro referencial de sus actuaciones al ciudadano».
La propia DGT recoge en su web que apuestan pro la accesibilidad en el permiso de conducir a favor de las personas con discapacidad. En este sentido, cuenta con medidas para facilitar la obtención del permiso de conducir a personas con algún tipo de dificultad específica de aprendizaje o discapacidad.
¿PUEDE QUITARME LA DGT EL CARNET DE CONDUCIR POR UNA DISCAPACIDAD?
En la mayoría de casos, la DGT no quita el carnet al conductor, ya que aunque la discapacidad sobrevenida, lo más probable es que pueda seguir conduciendo. Esta discapacidad puede venir provocada por un accidente de tráfico, laboral, traumático o bien una amputación…
En cualquier caso, y como hemos mencionado, la normativa recoge que la persona comunique a la DGT el cambio de su condición psicofísica, ya sea por una amputación, un ictus o cualquier tipo de problema de visión. Todo ello es un procedimiento pesado, pero obligatorio. En algunos casos, la persona tendrá que obtener el permiso B adaptado, siguiendo una serie de pautas determinadas.
Cuando una persona tiene una discapacidad y tiene que adaptar su vehículo, la DGT exige que tenga que efectuar una prueba práctica que incida en la formación y concienciación del nuevo modo de conducción cuando sea necesario. En este caso, las clases se realizarán en un choque equipado con los mecanismos que se adapten a la discapacidad del alumno.
Muchas personas se preguntan cuales son los pasos que se tienen que llevar a cabo para realizar la reconversión del carnet de conducir adaptado. En este caso, si el estado de salud es bueno, no va a tener ninguna restricción a la hora de renovar el carnet. Lo primero será someterse a un reconocimiento médico en un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado por la DGT, al igual que cuando se sacó el permiso.
Dependiendo del grado de discapacidad que tenga la persona, la DGT establecerá una serie de restricciones que va a tener cada una, ya que la casuística puede llegar a ser muy diversa. Y es que no es lo mismo sufrir una disfunción de una extremidad, que tener un pie o una mano amputada, o haber sufrido un ictus.