La inflación es esta subida generalizada de precios que también ha afectado al ámbito de la construcción y de las inmobiliarias. En lo que respecta a los contratos de arrendamiento, esto es, contratos de alquiler, siempre hay que estar atentos porque hay caseros que cuando llevamos un tiempo con ellos deciden que es hora de subir el precio sin motivo alguno como una reforma o alguna situación similar. Aquí vamos a indicarte si debe o no debe hacer dicha función tu casero, teniendo en cuenta que llevas alquilándole una vivienda durante un tiempo determinado.
Sucede que los precios de los contratos de arrendamiento, al igual que comprar suelo urbanizable, está creciendo casi por día. Pero cada uno de esos contratos llevan una actualización de la renta de alquiler conforme al Índice de Precios de Consumo (IPC).
¿Qué quiere decir esto? Pues que la renta se puede actualizar en estos contratos cuando venza el primer año. Por lo que si firmas un contrato de arrendamiento en el mes de mayo, la renta se actualizará cada mes de mayo de los años venideros.
Ahora bien, la mensualidad debe actualizarse el mes siguiente de cuando se haya ofrecido dicha notificación. Así que lo suyo es que los propietarios notifiquen en abril, un mes antes en ese caso explicativo, esa subida del precio del alquiler.
¿La subida del precio del alquiler cuenta con efecto retroactivo?
El casero podrá, por tanto, subir el alquiler cuando se cumpla ese primer año de contrato, que es lo que veníamos preguntándonos al inicio. Cuando pase otro también puede efectuar otra subida si así lo estima oportuno.
Lo que es importante saber en este punto es que por más que se actualice la renta, no se aplicará la subida hasta el mes de actualización, así que nunca podrá ser con efecto retroactivo.
El Gobierno aprobó un Real Decreto recientemente con el objetivo de limpiar la actualización de las rentas a un máximo del 2% hasta junio de 2022, por lo que nadie puede subir un alquiler antes de esa fecha por más de ese porcentaje.
¿Qué mes del IPC se aplica en la actualización del alquiler?
Ahora la pregunta es clara, porque la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) fija que la actualización de la renta entra dentro del último IPC publicado en la fecha en la que el contrato cumple un año.
Así que si un contrato acaba en el mes de mayo, la actualización deberá calcularse en base al IPC publicado en ese mes y no al mes anterior ni al posterior. Justo en el mes que acabe, para ser exactos.
Si pagamos una renta por alquiler de un piso de 800 euros y en mayo hace un año de la firma, según la calculadora del INE, debería pagar una renta actualizada de 878,40 euros, en base a la tasa de variación.