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En qué casos la incapacidad permanente puede afectar a tu hipoteca

El reconocimiento de una incapacidad permanente en España puede tener beneficios en relación al pago de la hipoteca

Alejandro Perdigones
02/03/2025 15:30 - Actualizado 06/06/2025 15:04
Prestaciones
Librarse de una hipoteca tras una incapacidad permanente

Librarse de una hipoteca tras una incapacidad permanente./ Licencia Adobe Stock

El reconocimiento de una incapacidad permanente en España implica que el trabajador en cuestión presenta limitaciones o secuelas para desarrollar su profesión habitual o cualquier actividad laboral. Este hecho puede tener consecuencias en su economía familiar.

La cuantía a recibir por una incapacidad permanente depende de varios factores, como el grado de incapacidad permanente reconocido por parte de la Seguridad Social. También influye el salario que venía percibiendo el trabajador antes del hecho causante.

Librarse de una hipoteca tras una incapacidad permanente

Los profesionales de ‘OVB Allfinanz España’ explican que «en el caso de las personas que tienen una hipoteca, la incapacidad absoluta puede tener un impacto muy negativo en su economía familiar, ya que, a no ser que tengan una pensión muy alta o hayan recibido una compensación, no podrán afrontar el pago de las cuotas del préstamo».

En este sentido, algunas personas se preguntan si es posible librarse de pagar una hipoteca en caso de obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente. La respuesta es sí, aunque solamente en casos muy específicos.

Primeramente, es importante aclarar que el Estado español no cuenta con ningún mecanismo ni normativa que permita librarse de pagar una hipoteca por el reconocimiento de una incapacidad permanente.

La única forma de librarse de pagar una hipoteca en estos casos, es que el ciudadano tenga contratado un seguro de vida que cubra el pago de la hipoteca en caso de reconocimiento de una incapacidad permanente.

Seguro de vida que cubre el pago de la hipoteca

En determinados casos, las entidades bancarias ofrecen a los clientes la contratación de una póliza de seguro de vida vinculada a una hipoteca. Este seguro de vida incorpora una cobertura para el cliente en caso de fallecimiento o reconocimiento de una incapacidad permanente permanente.

Los expertos de ‘CampmanyAbogados’ señalan que «en virtud de dicha cobertura presente en la póliza, la compañía aseguradora se obliga a pagarte una indemnización en caso de que se te produzcan lesiones con secuelas o enfermedades que causen el reconocimiento de una incapacidad permanente».

Además, dependiendo de la póliza contratada, se puede establecer la cancelación del pago de la hipoteca restante en caso de reconocimiento de una incapacidad permanente. Esta cláusula se suele incorporar en caso de reconocimiento de una incapacidad permanente o Gran Invalidez, que son los grados de incapacidad más elevados que se pueden conceder a un trabajador en España.

En este sentido, desde ‘OVB Allfinanz España’ señalan que «la cobertura por incapacidad absoluta suele cubrir el pago de las cuotas de la hipoteca durante un periodo determinado, o bien el pago del capital pendiente del préstamo en caso de que la incapacidad sea permanente».

Así, para poder cancelar el pago de una hipoteca por reconocimiento de una incapacidad permanente, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • El cliente debe tener contratado un seguro de vida asociado a la hipoteca.
  • Haber obtenido el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta o Gran Invalidez.
  • Que el seguro de vida ofrezca la cobertura correspondiente en caso de reconocimiento de incapacidad permanente absoluta o Gran Invalidez.
  • No haber incumplido ninguna de las condiciones de la póliza del seguro de vida.
  • Tener pagadas las primas del seguro al día.

Por tanto, existe la posibilidad de cancelar el pago de una hipoteca tras obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente, aunque para ello deben darse una serie de condiciones básicas. Recuerda que esta posibilidad no está regulada por ningún mecanismo del Estado.

Temas: HipotecaIncapacidad Permanente
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