En el mes de noviembre de 2023 tendrá lugar el abono de la paga extra de Navidad para las pensiones contributivas. Esta paga extra sobre la pensión es especialmente esperada por los casi 10 millones de pensionistas que cobran una pensión de jubilación en España.
Sin embargo, no todos los pensionistas de España tendrán paga extra en noviembre de 2023, ya que existen excepciones que es necesario recordar. Todo ello, debido a la normativa general de la Seguridad Social.
Los pensionistas con derecho a la paga extraordinaria de Navidad recibirán el correspondiente pago entre el jueves 23 y el lunes 27 de noviembre. El día exacto de pago depende de la política de pago que siga cada entidad bancaria al respecto.
PENSIONISTAS SIN PAGA EXTRA
Desde la Seguridad Social explican que «las pensiones de cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social se devengan por mensualidades naturales vencidas y se satisfacen en 14 pagas, una por cada uno de los meses del año y dos pagas extraordinarias que se devengan en los meses de junio y noviembre».
Sin embargo, las pensiones que derivan de accidente de trabajo y/o enfermedad profesional se devengan en 12 pagas al año. Esto se debe a que en este tipo de casos las pagas extraordinarias se encuentran prorrateadas en las mensualidades ordinarias.
No tener paga extra no significa cobrar menos a lo largo del año en la pensión. Lo que ocurre es que las pagas extraordinarias se distribuyen en las doce mensualidades ordinarias de la pensión.
Por tanto, los pensionistas que cobren una pensión derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional no tendrán paga extraordinaria de Navidad en noviembre de 2023. Es una excepción de la Seguridad Social respecto al cobro de las pagas extras.
ABONO DE LA PAGA EXTRA EN LA PENSIÓN
Por su parte, las personas con derecho a paga extra recibirán su correspondiente abono en el mes de noviembre. Según la actividad de cada banco, cobrarán la paga extraordinaria entre el 23 y 27 de noviembre.
Hay algunos bancos que siguen una política fija respecto al pago de las pensiones. Por ejemplo, CaixaBank, que siempre paga las pensiones el día 24 de cada mes, independientemente de que dicho día sea fin de semana o festivo. Así, los clientes pensionistas de CaixaBank cobrarán la paga extra de Navidad de la pensión el viernes 24 de noviembre.
Con todo ello, desde la Seguridad Social informa que «las mensualidades o pagas extraordinarias, en los supuestos de períodos completos de devengo, se abonan por un importe, cada una de ellas, igual a la cuantía de la mensualidad ordinaria correspondiente a dichos meses. Será suficiente un día de abono de la pensión para el cómputo de la sexta parte íntegra de la paga extraordinaria correspondiente».
DEVENGO DE LAS PAGAS EXTRAORDINARIAS
Los periodos de devengo están comprendidos entre el 1 de diciembre y el 31 de mayo del ejercicio siguiente, ambos inclusive, en la paga extraordinaria de junio. Para la paga extraordinaria de Navidad, el periodo de devengo está comprendido entre el 1 de junio y 30 de noviembre. Hablamos de periodos de devengo como aquellos en los que se genera el derecho al cobro de la pensión.
Así, puede darse el caso de que la Seguridad Social reconozca la pensión al ciudadano con el periodo de devengo ya iniciado. En este tipo de casos, la paga extraordinaria se calcula de forma diferente.
Al respecto, desde la Administración matizan que «en los supuestos de reconocimiento inicial de la pensión (o reanudación del percibo de una pensión que hubiese sido objeto de suspensión) las pagas extraordinarias de junio y noviembre se abonarán, respectivamente, en razón de una sexta parte por cada uno de los meses del periodo de devengo (de diciembre a mayo y de junio a noviembre, respectivamente)».