La pensión en favor de familiares es una de las pensiones contributivas de la Seguridad Social. No obstante, es una de las pensiones más desconocidas para la mayoría de ciudadanos en España.
En concreto, se trata de una prestación económica que la Seguridad Social concede a los familiares que hayan convivido y hayan dependido económicamente de la persona fallecida. Para tener derecho a percibir esta pensión, es necesario cumplir una serie de requisitos.
Pensión en favor de familiares de la Seguridad Social
El objetivo principal de esta pensión contributiva de la Seguridad Social consiste en proteger económicamente a ciertos familiares tras el fallecimiento de la persona en cuestión. Es decir, el fallecimiento de una determinada persona genera una situación necesidad económica en algunos familiares.
Desde la Seguridad Social explican que «podrán ser beneficiarios de esta pensión los familiares siguientes que, habiendo convivido y dependido económicamente del causante con una antelación mínima de 2 años a la fecha de fallecimiento, no tengan derecho a otra pensión pública, carezcan de medios de subsistencia y acrediten los requisitos establecidos».
En este sentido, podrán ser beneficiarios de la pensión en favor de familiares los nietos y hermanos, madre y abuelas, y padre y abuelos de las persona fallecida. También podrán ser beneficiarias los hijos y hermanos de pensionistas de jubilación e incapacidad permanente.
Para los hijos de la persona fallecida existe otra pensión contributiva que ofrece una protección económica específica. Hablamos de la pensión contributiva de orfandad, cuya percepción requiere del cumplimiento de otros requisitos.
Además, para cobrar la pensión en favor de familiares en España es necesario acreditar un periodo de cotización. Este requisito varía en función de la situación laboral de la persona fallecida y de la causa de la muerte:
- Situación de alta o asimilada de alta: Es obligatorio haber cotizado 500 días en un periodo ininterrumpido de 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento. También es válido en caso de haber cotizado 15 años a lo largo de toda la vida laboral.
- Situación de no alta: Es obligatorio una cotización mínima de 15 años durante la vida laboral.
- Pensionistas: No se exige periodo de cotización.
Del mismo modo, cuando la muerte de la persona causante deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la Seguridad Social no exige ningún requisito de cotización para generar el derecho a la pensión en favor de familiares.
Cómo solicitar la pensión en favor de familiares
La solicitud de la pensión en favor de familiares se puede realizar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, así como en cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social. Es importante que el ciudadano se asegure de que cumple con todos los requisitos pertinentes antes de proceder a la solicitud.
Desde la Seguridad Social señalan que «la prestación económica se calcula aplicando el porcentaje del 20% a la correspondiente base reguladora, siendo ésta diferente según la situación laboral del fallecido en la fecha de fallecimiento y de la causa que determine la muerte».
Al igual que el resto de pensiones contributivas de la Seguridad Social, la cuantía de la pensión en favor de familiares se actualiza cada año en función del IPC interanual del año anterior. En 2024, las cuantías de las pensiones en favor de familiares se han revalorizado en un 3,8%.