Cobrar una pensión es especialmente necesario para ciertos colectivos que por las circunstancias de su situación, no tienen acceso a unas rentas. Es por ello, que se concede especialmente a personas que no pueden trabajar, como en el caso de quien sufre una incapacidad permanente, o a quienes han finalizado su vida laboral, como les ocurre a los que acceden a la jubilación. Sin embargo, hay muchos otros sectores que necesitan de esta ayuda para vivir.
Este es el caso de las amas de casa. Así se conoce a las personas, fundamentalmente mujeres, que han renunciado o han tenido que renunciar a una carrera profesional, para quedarse sacando adelante su hogar, cuidando a los hijos, y en muchos casos, a los familiares dependientes. Una actividad que sin duda debería estar recompensada. Pues no deja de ser un trabajo que ocupa el 100 por cien del día, y por tanto, es mucho más agotador que cualquier otro empleo.
Pensión para las amas de casa
Esta pensión llega para reconocer el trabajo de un sector de la población que ha estado tradicionalmente invisibilizado en España. Y es que no hay que olvidar, que se trata de personas que llevan a cabo un trabajo agotador y muchas veces ingrato, por su falta de reconocimiento, cuyo horario es 24 horas los 7 días de la semana. Un papel desarrollado mayormente por mujeres, que les tocaba dejar a un lado su carrera profesional, para hacerse cargo de los demás.
El problema durante todos estos años ha sido, que aunque trabajen igual o incluso más que quien lo hace fuera de casa, nunca se ha considerado un empleo como tal. Es por ello que al no tener ningún tipo de contrato, ni estar dadas de alta en la Seguridad Social, las amas de casa no solo no han contado con un salario durante su vida, sino que no han tenido la posibilidad de optar a una ayuda o pensión una vez alcanzada la edad de jubilación.
Pero esto ha cambiado. El IMSERSO ofrece una pensión no contributiva a las amas de casa que alcancen la edad legal de jubilación. Concretamente, a todas esas amas de casa que reúnan los siguientes requisitos:
- Tener al menos 65 años de edad.
- Residir en España y haberlo hecho durante un período de 10 años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Que exista carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2024, sean inferiores a 7.250,60 euros anuales
Otros requisitos a tener en cuenta
Existen otros requisitos en base a los cuales, una ama de casa podrá cobrar esta pensión. Se trata de la situación personal y económica de la solicitante. Por ejemplo, si esta vive con otros miembros de su familia, como marido o mujer, u otros familiares de hasta segundo grado, la familia deberá contar con una renta anual de menos de 12.326,02 euros, cuando solo sean dos personas en casa.
Este hecho aumenta considerablemente en función de los miembros de la familia que conviven. En este sentido la normativa señala que:
- Si son tres personas en casa, la renta debe ser menor a los 17.401,44 euros.
- Si son cuatro personas, serán 22.476,86 euros anuales.
- Si son más de cuatro los convivientes, se deberá sumar a cada integrante la cantidad de 5.075,42 euros.
Cabe señalar, que esta pensión no contributiva no es compatible con otras como la de invalidez o las asistenciales. Por tanto, desde el IMSERSO recuerdan que llegado el momento, el solicitante deberá elegir o solicitar la que más se ajuste a sus requisitos.