Octubre llega a su fin y en el mes de noviembre algunos pensionistas con discapacidad van a cobrar la segunda paga extra de 2023. Es decir, un mes en el que los pensionista que reciben un pago doble, la paga mensual más la extra.
Eso sí, debemos de tener en cuenta que no todos los pensionistas reciben esta paga extra, sino que va a depender del tipo de prestación que reciba. Si hablamos de la incapacidad permanente, prestación que reciben muchas personas con discapacidad, pues hay algunas que reciben la paga extra y otras que no.
En este articulo vamos a analizar la situación de las pensiones o prestaciones que se asocian a las personas con discapacidad y si reciben, o no, paga extra.
¿QUÉ PERSONAS CON DISCAPACIDAD RECIBEN LA PAGA EXTRA?
Como hemos indicado, este mes de noviembre muchos pensionistas recibirán el pago doble de la pensión, ya que se le acumula la paga extra a la mensualidad. Pero si hablamos de las personas con discapacidad, no todas reciben este pago extra, sino que va a depender del tipo de pensión que tenga cada uno.
La primera prestación que vamos a analizar es la pensión no contributiva de invalidez. Con esta ayuda, cada persona recibirá 14 pagas dividas en 12 mensualidades con dos meses en los que la paga será doble. La persona que quiera acceder a esta prestación deberá de cumplir una serie de requisitos, como tener un grado de discapacidad del 65% o superior, entre 18 y 65 años y residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años.
Cambia la película si hablamos de la pensión por incapacidad permanente. Y es que con esta ayuda, la mayoría de pensionistas reciben un total de 14 pagas extras, que se dividen en 12 mensualidades en la que dos son dobles. Sin embargo hay matices, ya que no todas las personas beneficiarias de una pensión por incapacidad permanente la cobran de esta forma.
Es decir, hay otra fórmula que se utiliza es que la paga extra sea prorrateada. Esto quiere decir que la persona recibe 12 pagas, una cada mes, pero no tiene paga extra ni mes en el que cobre doble, sino que esa cantidad de la paga extra se va dividiendo en cada mensualidad.
La Seguridad Social es la que se ha cargado de decir quien recibe la paga extra o la prorrateada. De esta manera, las personas beneficiarias de una pensión por incapacidad permanente a causa de una enfermedad común o accidente laboral, recibirán 14 pagas. En cuanto a los beneficiarios que sufrieron una enfermedad profesional o accidente laboral, estos la cobran prorrateada en 12 meses.
Debemos de recordar que la pensión de incapacidad permanente de la Seguridad Social es aquella prestación que se reconoce al trabajador cuando, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral.
¿QUÉ OCURRE CON LOS JUBILADOS CON DISCAPACIDAD?
Si hablamos de jubilación, debemos diferenciar entre las personas con discapacidad que tienen una pensión contributiva, o no contributiva. En ambos casos, los jubilados reciben un total de 14 pagas divididas en 12 mensualidades en la que dos son dobles, siempre y cuando cumplan con los requisitos que se exigen.
Para acceder a la pensión no contributiva de jubilación la persona interesada debe de cumplir unas condiciones como tener 65 años o más o haber residido en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años
Por el contrario, en la pensión contributiva de jubilación, la persona deberá de haber cotizado como mínimo 15 años para acogerse a estas prestaciones.