La tarjeta sanitaria individual deberá reunir condiciones de accesibilidad universal para personas con discapacidad, según dispone el Real Decreto 922/2024, de 17 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 183/2004, de 30 de enero, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual, aprobado en Consejo de Ministros, publicado en el Boletín Oficial del Estado y cuyas disposiciones ya han entrado en vigor, desde el pasado 19 de septiembre.
El objetivo del Gobierno con esta medida es lanzar una nueva tarjeta sanitaria virtual que complementa a la de formato físico. A pesar de entrar en vigor ya, el proceso de adaptación, en cuanto a obligaciones y requisitos regulados en el real decreto, deberá finalizarse antes de 18 meses. Dentro de esta plazo se incluye la adaptación de las tarjetas sanitarias virtuales en el Sistema Nacional de Salud (SNS).
Se debe «garantizar la accesibilidad de las personas a la tarjeta sanitaria individual»
A tenor de la nueva norma reglamentaria, «las administraciones sanitarias, de conformidad con la normativa nacional y autonómica de accesibilidad, deben garantizar la accesibilidad de las personas a la tarjeta sanitaria individual». Y además añade que «en este sentido, en el ángulo inferior derecho de todas las tarjetas sanitarias en soporte físico, se incluirán los caracteres en braille de las iniciales de tarjeta sanitaria individual para las personas con discapacidad visual».
En cuanto al soporte virtual de la tarjeta, «se estará a lo indicado por el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público».
Con estos requerimientos se atienden las demandas del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) de extender la accesibilidad a la tarjeta sanitaria, tanto en su formato físico como digital, ya que es un elemento de uso masivo que tiene relación con el bien básico de la salud y la atención sanitaria.
La nueva tarjeta sanitaria
El BOE recoge que con el fin de garantizar la interoperabilidad en el Sistema Nacional de Salud (SNS), todas las tarjetas sanitarias, en soporte físico o virtual, incorporarán los datos básicos comunes como son:
- Identidad institucional de la comunidad autónoma o entidad emisora de la tarjeta.
- Los rótulos de «Sistema Nacional de Salud de España» y «Tarjeta Sanitaria»
- Código de identificación personal asignado por la administración sanitaria emisora de la tarjeta (CIP-AUT).
- Nombre y apellidos del titular de la tarjeta.
- Código de identificación personal único del Sistema Nacional de Salud (CIP-SNS).
- Código de identificación de la administración sanitaria emisora de la tarjeta (CITE).
Además, especifica que la tarjeta sanitaria individual tendrá la misma validez con independencia de su emisión en soporte físico o virtual