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La multa que la DGT podría imponer por llevar los regalos de Navidad en el asiento trasero del coche

La Dirección General de Tráfico avisa de que la ley no permite llevar los asientos de atrás del vehículo ocupados con las compras de Navidad

RD Tododisca RD Tododisca
22/12/2022 05:15 - Actualizado 01/07/2025 12:57
Sociedad
La multa que la DGT podría imponer por llevar los regalos de Navidad en el asiento trasero

La multa que la DGT podría imponer por llevar los regalos de Navidad en el asiento trasero

La Navidad es momento de compras, de eso no hay ninguna duda. Es por eso por lo que en muchas ocasiones el maletero no es suficiente para guardar todos los regalos de Navidad que hemos comprado y usamos el asiento trasero de nuestro vehículo para ello. Pero, ¿Sabías que esta práctica está multada? La DGT advierte que llevar los regalos de Navidad en los asientos traseros del coche puede suponer una multa de hasta 200 euros. Está totalmente prohibido llevar bultos sueltos, en este caso regalos, en la parte posterior del coche ya que puede acarrear una multa de la DGT.

Esta infracción está reflejada en el artículo 14 del Reglamento General de Circulación, un artículo que lleva como título «Disposición de la carga». En él se especifica que la carga transportada en un coche no debe «arrastrar, caer total o parcialmente, o desplazarse de manera peligrosa». Tampoco puede «comprometer la estabilidad del vehículo».

Asimismo, en este artículo del Reglamento General de Circulación, se explica que «no se pueden dejar objetos sueltos en el interior del vehículo, salvo en el lugar específico para ello, es decir, el maletero», que sería precisamente la justificación de la multa. Hay que tener en cuenta que en el momento en el que se da un frenazo, algo que puede ser habitual en Navidad debido a la gran cantidad de tráfico que nos encontramos, todo aquello que no esté sujeto podría salir despedido con una gran violencia, como es el caso de las compras de Navidad. Esto puede producir graves lesiones a los pasajeros que se encuentran en el vehículo en esos momentos.

No está permitido poner los regalos sueltos en el asiento trasero del coche según la DGT

Ni lo regalos, ni la compra, ni los bolsos, ni los juguetes…, nada de esto puede ir en el asiento trasero del coche sin el riesgo de recibir una sanción por parte del a DGT. Pero no solo por esto pueden ponerte una multa de 200 euros.

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Según explican, llevar el coche demasiado cargado también puede suponer un gran peligro y conlleva una multa de hasta 500 euros. Hay que tener en cuenta que esto no solo supone un riesgo para los integrantes del vehículo, sino también para las personas que se encuentran conduciendo por la carretera.

Si recibo una multa de la DGT, ¿Qué tengo que hacer para pagarla?

Si recibes una notificación de una multa de tráfico, deberás comprobar quién te ha puesto la sanción y revisar todos los datos. Por último, deberás hacer el pago con la cantidad que se te indica por la infracción cometida. Recuerda que si realizas el pago antes de cumplir 20 días naturales de la notificación, podrás pagar la multa de la DGT con un 50% de descuento. Esto quiere decir que si la multa es de 200 euros por llevar las compras de Navidad en el asiento trasero del coche, tan solo tendrás que abonar 100 euros.

Pero si no estás de acuerdo con la multa podrás recurrirla. Igualmente, si no eras tú la persona que conducía, también podrás indicarlo en un plazo de 10 días desde que se te notificó la infracción, así como el nombre del responsable del vehículo en esos momentos.

Para pagar la multa deberás acceder a la web principal de la DGT y conectarte en una de las diferentes modalidades, siendo el certificado electrónico o DNI-e el más usado.

La multa que la DGT podría imponer por llevar los regalos de Navidad en el asiento trasero del coche
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