La incapacidad permanente parcial es un tipo de prestación a la que pueden acceder los ciudadanos en España debido a una lesión o una enfermedad. Sin embargo, las características de esta tipo son bien diferentes a otro tipo de incapacidad.
En este caso, en una incapacidad permanente parcial no hablamos de una pensión, si no de una indemnización o cuantía que se cobra a través de un pago único. Además, es el grado de invalidez más bajo que puede conceder la Seguridad Social a un trabajador.
Así, la incapacidad permanente parcial se concede a los trabajadores que por una lesión o enfermedad han visto reducidas sus capacidades para realizar la actividad laboral de forma normal, con una disminución no inferior al 33%.
Aspectos claves de la incapacidad permanente parcial
Existen varios aspectos claves que diferencian la incapacidad permanente parcial del resto de incapacidades, ya sea total, absoluta o Gran Invalidez. En estas situaciones, la persona afectada no recibe una pensión mediante mensualidades a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social o mutua.
Por otra parte, en la incapacidad permanente parcial no se extingue el contrato de trabajo con la empresa o implica un abandono del puesto de trabajo. Es decir, la persona afectada puede percibir la indemnización correspondiente y continuar en la misma situación laboral.
De este modo, la incapacidad permanente parcial es compatible con cualquier tipo de trabajo o profesión, a diferencia de otro tipo de incapacidades, que limitan la actividad laboral.
Requisitos para la incapacidad permanente parcial
Realmente, la incapacidad permanente parcial no debe ser entendida como una pensión, aunque la Seguridad Social la contemple como tal. Y es que únicamente se trata de un pago en forma de indemnización.
Además, para tener derecho a recibir la pensión de incapacidad permanente parcial es necesario acreditar ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social la presencia de una enfermedad o lesión que hace que el trabajador tenga que realizar un esfuerzo mucho mayor para desempeñar la profesión habitual que venía realizando.
Así, estas son las personas que pueden solicitar una incapacidad parcial, en función de diferentes supuestos:
- Personas que no hayan cumplido la edad de jubilación ordinaria.
- Qué se encuentren en situación de jubilación anticipada.
- Estando en situación de alta o asimilada de alta.
- Personas que hayan cotizado durante 1.800 días, los cuales estén comprendidos en los 10 años anteriores a la solicitud.
- En caso de que la incapacidad parcial venga derivada de accidente o enfermedad profesional, la Seguridad Social no exige como requisito un mínimo de cotización.
Cuantía de la invalidez parcial
Para calcular la cuantía a recibir por la indemnización correspondiente a la incapacidad permanente parcial siempre habrá que sumar las 24 mensualidades de la base reguladora de la persona solicitante. Así, el importe que da resultado es ingresado a la persona afectada en un pago único.
Para las personas con 65 años o más, existen unas series de cuantías mínimas fijadas para la incapacidad parcial, según el Reglamento de Accidentes de Trabajo. Así lo afirman los compañeros de ‘CampmanyAbogados’, especialistas en derecho laboral.
Es decir, si un trabajador con derecho a una incapacidad permanente parcial tiene una base reguladora de 1.000 euros, recibirá una indemnización en pago único de 24.000 euros. O lo que es lo mismo, multiplicamos 24 mensualidades por los 1.000 euros de la base reguladora.
Responsabilidad de pago
El abono de la indemnización correspondiente a la incapacidad permanente parcial es obligación del Instituto Nacional de la Seguridad Social o la mutua.
En concreto, si se trata de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, es la mutua la encargada de proceder al pago. Por su parte, en casos de enfermedad común o accidente no laboral, es tarea de la Seguridad Social.