El Tribunal Supremo ha determinado que el complemento por maternidad, al que también pueden acceder los hombres en su pensión, se puede recibir desde el momento en el que acceda a la pensión de jubilación. Para ello, es necesario cumplir todos los requisitos establecidos por la ley.
Así lo ha fijado bajo sentencia el Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, en relación al denominado complemento por maternidad en la pensión; que también pueden percibir los hombres.
El Supremo argumentó en dos sentencias publicadas en febrero de 2022 que el momento de producción de las «consecuencias jurídicas vinculadas al complemento de maternidad debía situarse en el acaecimiento del hecho causante de la pensión, es decir, desde que ésta fuera reconocida inicialmente».
No obstante, en ambas sentencias se determinaron los efectos jurídicos con una retroactividad de tres meses desde la fecha de solicitud revisora. Así, la sentencia actual ha establecido una nueva situación.
Complemento desde el reconocimiento de la pensión
En las sentencias señaladas anteriormente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) realizó un recurso de casación. En dicho recurso solicitó que los efectos se produjeran en la fecha de publicación de la sentencia en el Diario Oficial de la Unión Europea. Ante ello, el Tribunal Supremo se limitó a confirmar la sentencia de instancia.
Pero ahora, la sentencia de suplicación ha fijado los efectos del complemento de maternidad para hombres desde la fecha del reconocimiento inicial de la pensión de jubilación. Es decir, se desestima el recurso del Instituto Nacional de la Seguridad Social y se confirma la sentencia recurrida.
Es necesario pone en cierto contexto a los lectores sobre esta situación, ya que la Ley General de la Seguridad Social de 2015 reconoció un complemento por maternidad en las pensiones de jubilación únicamente a mujeres que cumplieran determinados requisitos.
Así, una sentencia de diciembre de 2019 por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea mostró su rechazo a que los hombres no pudieran recibir dicho complemento en caso de encontrarse en la misma situación que las mujeres.
¿Qué es el complemento por maternidad?
El complemento por maternidad es un plus económico que pueden recibir tanto mujeres como hombres en su pensión de jubilación, siempre que acrediten que sufrieron un perjuicio en su carrera laboral en el periodo posterior al nacimiento de su hijo o hijos.
Así, los hombres también tienen derecho a percibir este ‘complemento por maternidad’ en la pensión. No obstante, en este caso los requisitos suelen ser más estrictos en comparación con las mujeres y también deben acreditar de forma correcta un perjuicio en su carrera laboral.
Actualmente, dicho complemento recibe el nombre de complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones. Si bien, está destinado principalmente a mujeres, aunque tal y cómo hemos explicado, también tienen derecho a su percepción los hombres.
Desde la Seguridad Social explican que «en principio, va dirigido a las mujeres, que sufren más en su vida laboral el impacto de tener un hijo, pero pueden solicitarlo también los padres siempre y cuando se hayan visto más perjudicados en la carrera laboral».