La herencia a la que puede acceder un hijo bastardo

El reparto de una herencia en la que existen algún hijo concebido fuera del matrimonio tiene algunas particularidades que dependen de si este está reconocido o no

Hay que tener en cuenta al hijo bastardo en el reparto de una herencia

El reparto de una herencia siempre es un momento duro y comprometido para la familia. Al dolor de la pérdida, se van sumando poco a poco todos los trámites que hay que llevar a cabo, y la incertidumbre de conocer cómo se establece el reparto de lo que el causante tenía, lo cual, desemboca muchas veces en conflictos familiares. Pues esto se incrementa aún más, cuando la herencia sorprende o cuenta con factores que no se esperaban.

Un caso de ‘sorpresas’ que pueden darse, es que conocido por los familiares o no, aparezca lo que se conoce como un hijo bastardo. Cabe señalar, que la palabra bastardo tiene varias acepciones según la Real Academia Española (RAE), aunque su uso más frecuente se refiere a: Los hijos nacidos de una relación extramatrimonial. Es decir, de un padre, fuera de su relación matrimonial, con otra mujer.

Pues bien, es importante dejar claro que actualmente, la legislación española no distingue en cuanto a los derechos hereditarios entre hijos legítimos o hijos ilegítimos o bastardos. Es decir, siempre que los hijos estén reconocidos por el progenitor, es indiferente que estén dentro de la relación matrimonial o de pareja, o fuera de ella, sus derechos hereditarios son exactamente iguales.

HERENCIA DE UN HIJO BASTARDO

Debemos tener claro que en una herencia, todos los hijos de una persona tienen los mismos derechos hereditarios, independientemente de que sean matrimoniales o extra matrimoniales. Esto significa, que a la hora de redactar el testamento, el testador debe respetar las legítimas establecidas en el Código Civil. Por lo tanto, a todos los hijos le corresponde por partes iguales, el tercio de legítima y en la parte que considera el testador el de mejora. El de libre disposición puede dejarlo a las personas que desee.

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En una herencia el hijo bastardo tiene el mismo derecho que el resto de hijos

En cuanto a la sucesión intestada, es decir, cuando el causante fallece sin testamento, igualmente en el momento de instar el Acta de Declaración de Herederos, el notario declarará herederos por partes iguales a todos los hijos, incluido al bastardo. Y es que la condición de bastardo, en su definición de hijo extra matrimonial, siempre que esté reconocido por el progenitor, no va afectar en absoluto sus derechos hereditarios.

¿QUÉ OCURRE CUANDO EL HIJO NO ESTÁ RECONOCIDO?

En ocasiones, estos hijos concebidos fuera del matrimonio no son reconocidos legalmente. Una persona puede no saber quien es su padre, pero hay veces, en que aun sabiéndolo, no tienen ningún documento que así lo acredite. ¿Qué ocurre en estos casos? En este caso, el tratamiento es diferente.

En esta situación, el padre, al redactar su testamento, puede reconocer en el mismo documento a un hijo nacido fuera de su relación conyugal o de pareja y por tanto,  tener con él el mismo tratamiento que con el resto de los hijos en cuanto a la herencia se refiere. Sin embargo, si el padre del hijo reconocido fallece, sin reconocer a este y sin incluirlo en el testamento, el hijo puede iniciar un procedimiento judicial denominado de filiación o de paternidad para que sea la autoridad judicial, la que declare su condición de hijo de dicha persona.

En este supuesto, si el causante ha otorgado un testamento omitiendo a este hijo, y posteriormente, en la demanda de filiación, la autoridad judicial determina que el demandante es hijo del causante, le corresponderá la legítima de la herencia. Si el causante hubiese fallecido sin testamento, y el hijo, inicialmente ilegítimo, en la demanda de filiación acredita ser hijo del causante, en la declaración de herederos, el notario deberá instituirlo heredero a partes iguales, como al resto de los hijos del causante.

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