Hacienda debe cumplir con lo establecido por el Tribunal Supremo en una sentencia que da la razón a los mutualistas que tuvieron que tributar por encima de lo que les correspondía. Concretamente, este dictamen surge a favor de las personas que trabajaron en sectores como la metalurgia, la construcción o el comercio, entre los años 1967 y 1978, y tributaron por el 100 por cien de sus pensiones. Una sentencia del Alto Tribunal que se apoya en una disposición transitoria de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF).
Pero, ¿Cuánto tributaron de más? Estos trabajadores estuvieron años tributando sobre el 100 por cien de su pensión, cuando defendían, y ahora el Tribunal Supremo les ha dado la razón, que debían hacerlo sobre el 75 por ciento. Así pues, Hacienda debe compensarles ese 25 por ciento de más que estuvieron aportando a las arcas del Estado, y lo hará con devoluciones que se han estimado que rondarán entre los 3.000 y los 4.000 euros. No obstante, son los propios mutualistas los que deben encargarse de reclamar ante Hacienda.
¿Cuándo va a devolver Hacienda este dinero a los mutualistas?
Tras la sentencia del Alto Tribunal, Hacienda ha decidido aprovechar la campaña de la declaración de la Renta de 2023 para facilitar a los mutualistas la solicitud de esta devolución. Es por eso, que a introducido en el borrador los datos necesarios para que los mutualistas recuperen su dinero. No obstante, no todos son buenas noticias. Y es que no todos los mutualistas podrán recuperar este dinero, porque los casos de los años más antiguos, están ya prescritos.
Para el resto, que están aun en plazo de recuperar este dinero, ya no tendrán que tramitar un formulario de alegación, sino que bastará con que desde el mismo borrador de la declaración de la Renta 2023, modifiquen los datos necesarios para que se les haga la devolución. Este modo de proceder que han facilitado desde Hacienda, ha sido fundamental de cara a los solicitantes, pues no hay que olvidar, que en su mayoría superan ya los 80 años.
Así pues, la gran duda ahora es conocer la fecha de la devolución de este dinero. Aunque no hay un día determinado, solo hay que tener en cuenta los plazos que la propia Agencia Tributaria tiene para realizar los reembolsos. Por tanto, dependerá de cuando se halla realizado la declaración para recibir esa devolución. No obstante, el pago puede retrasarse hasta 30 días después de la confirmación del borrador. En cualquier caso, el plazo máximo con el que cuenta Hacienda es de seis meses, por lo que antes del 31 de diciembre de 2024, deben estar resueltas todas las devoluciones.
Queda poco tiempo para poder reclamar el dinero
Los mutualistas que tributaron más de lo que les correspondía entre los años 1967 y 1978, Hacienda debe devolverles entre 3.000 y 4.000 euros. Así lo recoge una sentencia del Tribunal Supremo. Sin embargo, es muy importante que tengas en cuenta que no es una acción automática, es decir, no será la Agencia Tributaria quien tome la iniciativa de devolver este dinero, sino que los afectados deberán reclamarlo por la vía pertinente para ello.
Pero, ¿Cuál es esta vía para hacerlo? Si necesitas reclamar este dinero, es necesario que accedas a la sede online de Hacienda, te identifiques y entres en la opción ‘aportar documentación complementaria’. Una vez ahí, modifica la información que corresponde a este caso, es decir, cambia los datos de los impuestos correspondientes a los ejercicios en los que te corresponde una deducción. Así de sencillo.
Ya solo con realizar este proceso, será Hacienda quien deba iniciar los trámites para devolverte el dinero. Ten en cuenta, que Hacienda cuenta con seis meses de plazo para llevarla a cabo, por lo que si el cierre de la campaña de la Renta es el 1 de julio, tiene hasta el 31 de diciembre para realizar dicha devolución.