Si convives con personas mayores de 65 años, Hacienda puede beneficiarte hasta con 1.150 euros. Y es que la Agencia Tributaria cuenta con beneficios fiscales que pueden aplicarse en la declaración de la Renta los contribuyentes que vivan con alguna persona mayor. Estas deducciones, están pensadas para aliviar la carga económica de las personas que cuidan a sus seres queridos de más edad. Y es que cualquier ayuda que contribuya al cuidado de las personas mayores, será una buena acción.
Pero, ¿Cómo es posible beneficiarse de este importe? Al tratarse de una deducción, debe realizarse en la declaración de la Renta. Cabe recordar, que el pasado 1 de julio Hacienda ponía fin a la Campaña de la Renta de 2023. Por tanto, todas aquellas personas que tienen la obligación de contribuir con el fisco y rendir cuentas a Hacienda, han debido hacerlo ya. De lo contrario, podrían enfrentarse a sanciones, cuyas cuantías, dependerán de la situación de cada persona.
Hacienda podría bonificarte por vivir con personas mayores
Hacienda contempla beneficios fiscales para aquellos contribuyentes que convivan con personas mayores de 65 años. Estos beneficios se materializan en la declaración de la Renta y tienen como objetivo aliviar la carga económica que puede suponer hacerse cargo, al igual que ocurre en el caso de los menores, con los seres queridos de más edad. Por tanto, es una forma de respaldar a las familias que cuidan de sus mayores y evitan que caigan en una situación difícil o de soledad.
Pero, ¿Cómo se materializa este beneficio? Mediante la declaración de la Renta. Por tanto, todos aquellos contribuyentes que conviven con personas mayores, han debido de validar la deducción relacionada por acogimiento de personas mayores de 65 años. Si es así, lo hiciste bien y Hacienda te beneficiará con con 1.150 euros. No obstante, la cuantía final que te corresponde, dependerá de la edad de las personas mayores a tu cargo. Pues si esta supera los 75 años, este ‘regalo’ de Hacienda será de 1.400 euros.
Cabe señalar que concretamente, esta deducción se atribuye a los contribuyentes que tienen ascendientes de cierta edad a su cargo. Pero, ¿Quiénes se consideran ascendientes en una familia? Según han clarificado desde Hacienda, son «los padres, abuelos, bisabuelos, etc. de quienes descienda el contribuyente y que estén unidos a éste por vínculo de parentesco en línea recta por consanguinidad o por adopción, sin que se entiendan incluidas las personas unidas al contribuyente por vínculo de parentesco en línea colateral
(tíos, o tíos abuelos) o por afinidad (suegros)».
Todos los requisitos que debes cumplir para beneficiarte de esta deducción
Aquellos contribuyentes que convivan con alguna persona mayor a su cargo, se han podido beneficiar de una deducción relacionada por acogimiento de personas mayores de 65 años, gestionada por Hacienda. No obstante, no todas las personas que vivan con mayores obtendrán el mismo beneficio. Las familias cuyos mayores tengan entre 65 y 75 años, recibirán de Hacienda 1.150 euros. Sin embargo, si estas personas superan los 75 años, recibirán hasta 1.400 euros.
Sin embargo, no basta solo con esto. Aunque lo primordial es que el contribuyente tenga familiares mayores bajo su techo, Hacienda contempla una serie de requisitos que deben cumplirse si se quiere tener acceso a esa deducción, y por tanto, ‘regalo’ de Hacienda. Dichos requisitos son:
- El ascendiente debe ser mayor de 65 años a la fecha de devengo del impuesto, normalmente el 31 de diciembre, o tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
- Debe convivir con el contribuyente al menos la mitad del período impositivo. Se considera que los ascendientes con discapacidad que dependen del contribuyente y están internados en centros especializados cumplen este requisito.
- El ascendiente no debe haber obtenido rentas superiores a 8.000 euros anuales, excluidas las rentas exentas del impuesto.
- El ascendiente no debe presentar declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.