Este miércoles 3 de abril arranca la Campaña de la Renta 2023-2024. Así, desde Hacienda avisan de la deducción del 15% sobre el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) de la que pueden beneficiarse muchos ciudadanos. Cualquier detalle es importante a la hora de pagar la menor cantidad de impuestos posibles, siempre dentro de la legislación vigente.
Así, los contribuyentes en España podrán presentar la Declaración de la Renta desde el 3 de abril al 1 de julio de 2024. Por todo ello, es interesante que los ciudadanos conozcan algunas de las deducciones que pueden aplicarse en la Declaración de la Renta.
Deducción del 15% sobre el IRPF
Las personas que hayan adquirido un vehículo eléctrico entre julio y diciembre de 2023 pueden beneficiarse de una nueva deducción del 15% sobre el valor del automóvil en el IRPF de la Campaña de la Renta 2023-2024. Esta deducción se aplica por la compra de vehículos eléctricos de batería, por vehículos eléctricos de autonomía extendida, por vehículos eléctricos de pila de combustible o por vehículos híbridos enchufables.
Es decir, estos compradores pueden recuperar hasta un 15% del valor del vehículo, con un máximo de 3.000 euros. Y es que la base de la deducción no podrá ser superior a 20.000 euros, estando conformada por el valor de compra del vehículo; incluyendo gastos e impuestos por la adquisición.
Sea como fuere, desde la Agencia Tributaria avisan a los contribuyentes sobre este hecho, ya que supone una reducción importante respecto al pago del IRPF en la próxima Declaración de la Renta.
Además, desde Hacienda matizan que los vehículos a los que pueden aplicarse la mencionada medida fiscal son los siguientes:
- Categoría de Turismos M1.
- Cuadriciclos Pesados L7e.
- Cuadriciclos Ligeros L6e.
- Motocicletas L3e, L4e y L5e.
Para tener derecho a esta deducción del 15% sobre el IRPF, es obligatorio que cualquiera de estos vehículos esté propulsado exclusivamente por electricidad y se encuentren homologados de forma pertinente como vehículos eléctricos. De lo contrario, no podrá aplicarse esta ventaja fiscal en la Declaración de la Renta.
Más de 64.000 personas tendrá descuentos en el IRPF
Según los datos recabados por Aedive y Ganvam, unos 64.400 vehículos podrán beneficiarse de esta medida de apoyo fiscal en España en la próxima Declaración de la Renta. Estos datos se desprenden del registro de vehículos eléctricos matriculados durante el año 2023.
Si bien, es preciso tener en cuenta ciertos detalles. En concreto, que la deducción del IRPF únicamente tendrá validez cuando el vehículo adquirido se destine a uso particular. Es decir, aquellos que se utilicen para otro tipo de actividades, no podrán acogerse a esta medida fiscal.
También es posible aplicar la deducción de 15% del valor del vehículo al IRPF en aquellos casos en los que el comprador haya abonado, al menos, el 25% del valor de la compra para la adquisición del vehículo en el futuro. Se trata de una de las aclaraciones más importantes que realizan los profesionales de la Agencia Tributaria al respecto.
Igualmente, las personas que hayan instalado un punto de recarga del vehículo eléctrico en su domicilio, también podrán disfrutar de una deducción del 15% sobre el IRPF. En estos casos, el límite es de 4.000 euros.
Finalmente, desde Hacienda recuerdan otra disposición fundamental para la próxima Declaración de la Renta. Y es que las ayudas para la compra de vehículos del Plan Moves III deben declararse a Hacienda como ganancia patrimonial. Es decir, se encuentran sujetas a gravamen.