Realizar un testamento en España ofrece muchas ventajas de cara a la partición de la herencia, especialmente, para los correspondientes herederos. Así, las personas con discapacidad también tienen derecho a hacer testamento.
El Código Civil español establece que «el testamento es aquel instrumento jurídico con el que una persona puede ordenar su sucesión y mediante el cual se dispone el destino que el testador desea para sus propios bienes, una vez que se haya producido su fallecimiento«.
En este sentido, las personas con discapacidad también cuentan con derecho para realizar un testamento en España. Eso sí, existen ciertas limitaciones.
Testamento de persona con discapacidad
La modificación del Código Civil, operada por la Ley 8/2021 de 2 de junio, trajo consigo importantes cambios respecto a la realización de testamento por parte de las personas con discapacidad en España. Esta nueva normativa está en vigor desde el 3 de septiembre de 2021.
El testamento es un documento muy importante para cualquier persona con discapacidad, ya que es de igual interés que para cualquier otra persona.
Es decir, una persona con discapacidad tiene derecho a decidir quiénes serán las personas beneficiarias de sus bienes y patrimonio tras su fallecimiento.
Además, la realización del testamento también será un factor relevante para los herederos, que podrán obtener los bienes tras el fallecimiento de la persona en cuestión.
Con todo ello, el Código Civil no recoge ninguna normativa que establezca un requisito específico de discapacidad que limita la posibilidad de realizar un testamento. Sin embargo, sí que existen otros factores que pueden evitar que una persona con una determinada discapacidad realice testamento.
Limitaciones que establece la Ley
Tal y como hemos comentado con anterioridad, la Ley 8/2021 eliminó la prohibición de hacer testamento a las personas con discapacidad. Por tanto, se trata de una buena noticia para las personas con discapacidad.
Sin embargo, algunas personas con discapacidad intelectual pueden encontrar problemas a la hora de realizar testamento. Esto se debe a que el testador debe presentar un mínimo de discernimiento para expresar su voluntad.
Es decir, cualquier persona, a la hora de realizar un testamento, debe ser totalmente consciente de lo que está haciendo y el documento que está firmando. Si el notario determina que el testador no dispone de la consciencia suficiente, el testamento no podrá suscribirse.
Desde ‘Plena Inclusión Cantabria’ matizan que «se juzgará que tiene el conocimiento suficiente para comprender y querer algo sin influencias indebidas; lo redactará y, con testigos si no puede hacerlo el testador, lo firmarán».
Lo que deben tener claro los ciudadanos es que tener una discapacidad no supone ningún impedimento para poder suscribir un testamento en España. No obstante, el testador tendrá que demostrar que conoce a la perfección lo que está haciendo.
Hay que aclarar que nadie puede hacer un testamento por otra persona con discapacidad que no presente la capacidad para ello.
Eso se debe a que «el testamento es un acto personalísimo e individual, que proviene de la voluntad humana manifestada de forma inteligible. Además, este se caracteriza porque ha de expresarse libremente, por tanto, todo aquel que sea hecho bajo signos de violencia, dolo o fraude serán considerados nulos», tal y como recogen los expertos de ‘Garanley Abogados’.