El Consejo de Ministros ha dado luz verde al anteproyecto de Ley en materia de requisitos de accesibilidad de determinados productos y servicios. Dicha norma transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva europea de accesibilidad. La conocida como Ley Europea de Accesibilidad establecerá nuevos requisitos mínimos de accesibilidad en toda la Unión Europea para una serie de productos y servicios.
Su transposición a la legislación española, responsabilidad del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, contribuirá a establecer «un nuevo marco de protección a las personas con discapacidad como clientas, consumidoras y usuarias», según ha constatado el director general de Derechos de las Personas con Discapacidad y director del Real Patronato sobre Discapacidad, Jesús Martín Blanco.
Asimismo, ha asegurado que ayudará a «reforzar su derecho a acceder a todos los bienes y servicios disponibles en el mercado interior europeo».
La Dirección General de Derechos de las Personas con Discapacidad del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha señalado que, aunque el anteproyecto de ley «sigue la misma estructura de la Directiva», se han introducido algunas novedades para adaptarlo a la legislación existente.
Por ejemplo, se incluye «la creación de una nueva oficina técnica». Esta se encargaría de «ejercer como mecanismo de coordinación y comunicación y permitirá a las autoridades designadas colaborar estrechamente».
Además, serán las comunidades y las ciudades autónomas las que designen a las autoridades responsables de la vigilancia de los criterios de accesibilidad aplicable a los productos y servicios contemplados en la Directiva.
España cuenta con una legislación «amplia» en materia de accesibilidad
Según precisa la Dirección General de Derechos de las Personas con Discapacidad, España:
- Cuenta con una legislación «amplia» en materia de accesibilidad
- Cumple con lo establecido en la directiva
- Cuenta con unos requisitos de accesibilidad «superiores» en algunos productos y servicios
En este sentido, aclara que esta transposición es «una revisión técnica de esos requisitos de accesibilidad». Todo ello «para establecer una regulación homogénea y asegurar su uso no sólo en España, sino en toda la Unión Europea«.
La Dirección General explica que las disparidades existentes entre las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de accesibilidad de productos y servicios para personas con discapacidad «obstaculizan la libre circulación de productos y servicios, distorsionan la competencia efectiva en el mercado interior y afectan negativamente a la competitividad y al crecimiento».
Todo ello debido a los costes adicionales derivados del desarrollo y la comercialización de productos y servicios accesibles para cada mercado nacional.
Debido a estas disparidades, añade, profesionales, PYMES y microempresas son «especialmente reacias» a aventurarse en nuevos proyectos empresariales fuera de los mercados de sus países.
Por tal motivo se hace necesario establecer una regulación homogénea para aproximar, en el menor plazo posible, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en lo relativo a los requisitos de accesibilidad.