Este martes 17 de junio de 2025, el Consejo de Ministros ha aprobado el procedimiento para reconocer una compensación económica a los trabajadores víctimas de la exposición al amianto. Esta indemnización está dirigida a aquellos trabajadores que hayan obtenido una incapacidad permanente debido a las secuelas producidas por esta situación.
La compensación económica responde a los daños y perjuicios de salud producidos sobre los trabajadores que han ejercido su actividad laboral expuestos al amianto. Así, el Congreso de los Diputados ha aprobado el mencionado procedimiento a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Procedimiento de indemnización para víctimas de la exposición al amianto
El Real Decreto que recoge el procedimiento para indemnizar a los trabajadores víctimas de exposición al amianto entrará en vigor tres meses después de su publicación. Así, se regularán los siguientes aspectos:
- Qué personas pueden ser beneficiarias de la indemnización.
- Requisitos para tener derecho al reconocimiento de la compensación económica.
- Procedimiento para solicitar la compensación y su correspondiente aprobación.
- Importe de la indemnización en función de diferentes situaciones.
En cualquier caso, la indemnización económica será de pago único. Uno de los requisitos básicos para ser beneficiario de esta compensación económica es haber obtenido el reconocimiento de una incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional ocasionada por el amianto.
El Gobierno activa las compensaciones para las víctimas del amianto: un paso histórico para su reparación
👉El #CMIN aprueba el procedimiento que permitirá a las víctimas solicitar las ayudas
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— Ministerio Inclusión Seguridad Social Migraciones (@inclusiongob) June 17, 2025
Al respecto, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, explica que «reparamos los daños y perjuicios causados sobre miles de víctimas, que llevan mucho tiempo esperando esta respuesta, tras sufrir una exposición al amianto en el ámbito laboral, doméstico o ambiental. Es una cuestión de justicia para estos ciudadanos y sus familiares».
Las personas interesadas y que cumplan con los requisitos deberán solicitar el certificado del diagnóstico de patologías derivadas de la exposición al amianto. Esta solicitud se puede realizar en la Consejería de Salud u organismo análogo correspondiente de su Comunidad Autónoma.
Una vez obtenido el certificado, el ciudadano tendrá que solicitar la compensación económica derivada de esta situación ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Dicha solicitud se podrá completar mediante un formulario habilitado por el INSS en su Sede Electrónica.
Posteriormente, el INSS dispondrá de seis meses desde el registro de la solicitud para emitir una resolución al respecto. Superado ese plazo, si no se ha emitido ninguna resolución, la solicitud se considerará denegada por silencio administrativo.
Indemnización para beneficiarios de una incapacidad permanente
Desde la Seguridad Social indican, respecto a esta indemnización económica por exposición al amianto, que «el texto reconoce la condición de beneficiario a quien haya obtenido el reconocimiento administrativo o judicial firme de una pensión de incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional ocasionada por el amianto; tengan derecho de cobro a una indemnización, por sentencia judicial firme -siempre que no hubieran podido ejecutar la sentencia total o parcialmente- o los no incluidos en los apartados anteriores que padezcan una enfermedad de las recogidas en el anexo de este Real Decreto, en virtud de determinadas circunstancias».

Uno de los requisitos imprescindibles para tener derecho a la indemnización económica, es demostrar que el daño deriva de alguna de las enfermedades desarrolladas como consecuencia de la exposición al amianto.
Respecto a la cuantía de la indemnización económica, se ha establecido teniendo en cuenta el importe medio por año de la pensión de incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedades profesionales. De este modo, las indemnizaciones de la Seguridad Social quedan de la siguiente manera:
- Asbestosis: 32.207,08 euros
- Cáncer de laringe: 48.310,62 euros (importe de referencia por 1,5)
- Cáncer de pulmón: 64.414,16 euros (multiplicado por 2)
- Mesotelioma: 96.621,24 (importe de referencia por 3)
Puede darse una situación en la que un mismo usuario sufra varias de estas enfermedades como consecuencia de la exposición al amianto. Ante estos casos, se aplicará el baremo que corresponda a una mayor gravedad. Así se recoge en el texto aprobado por el Consejo de Ministros.