La pensión de incapacidad permanente total es aquella que se reconoce a un trabajador que a causa de una lesión o enfermedad no puede desarrollar su profesión habitual. Sin embargo, si es posible compatibilizar la prestación reconocida con otras actividades laborales.
Así, los pensionistas que perciben una prestación de incapacidad permanente total deben tener en cuenta que esta pensión están sujetas al IRPF (Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas). Por ello, es importante tener en cuenta una serie de aspectos claves de cara a la Declaración de la Renta.
El 6 de abril de 2022 comienza la Campaña de la Renta correspondiente al ejercicio del año 2021. Si bien, las personas que perciben una pensión de incapacidad permanente total deben conocer una serie de elementos esenciales al respecto.
IRPF pensión de incapacidad permanente total
Primeramente, es necesario aclarar que el impuesto del IRPF constituye uno de los pilares del sistema tributario español. En concreto, se trata de una prestación económico que exige el Estado sin ofrecer ninguna contraprestación a cambio.
Todos los ciudadanos están obligador a pagar el IRPF en función de la ley. No obstante, existen algunos casos en los que se está exento de la tributación de este impuesto.
En cualquier caso, las pensiones de incapacidad permanente total si están sujetas a IRPF, ya que que tienen la consideración de rendimiento del trabajo. Así lo informan los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘, especialistas en incapacidad laboral.
Sin embargo, en el País Vasco se cumple una excepción, ya que los pensionistas de incapacidad permanente total que han cumplido 55 años está exentos de la tributación del IRPF; siempre que no cuente con otras rentas complementarias. En Álava, incluso están exentos aquellos beneficiarios menores de 55 años.
Pero en el resto de territorios de España los beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente deben tributar el IRPF. En estas situaciones, para calcular el IRPF es necesario conocer que el mínimo personal y familiar aumenta en 3.000 euros más.
Y es que se parte de la base que todo pensionista de incapacidad permanente total tiene un mínimo de discapacidad acreditada del 33%.
Este mínimo personal y familiar es la cantidad genérica sobre la que no se agravan las rentas. Así, en el caso de las personas sin discapacidad es de 5.550 euros para el ejercicio de 2021. Por tanto, este mínimo para la tributación del IRPF para una pensión de incapacidad permanente total es de 8.850 euros.
Otros grados de incapacidad
Las pensiones de incapacidad permanente solamente están obligadas a tributar el IRPF en el caso de los grados parcial y total. Por su parte, las prestaciones de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez están exentas de ello.
Respecto a la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez es necesario aclarar que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no práctica ningún tipo de retención del IRPF en referencia a la propia prestación. Sin embargo, si los beneficiarios de estas pensiones perciben otro tipo de ingresos si tendría que responder tributariamente ante ellos.
Finalmente, los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ matizan que «si se ejerce alguna actividad laboral -por mínima que sea- mientras se es tributario de una incapacidad absoluta o una Gran Invalidez, siendo ese trabajo legalmente compatible con la pensión, esas ganancias adicionales sí estarán sujetas a IRPF».