La pensión de incapacidad permanente siempre está sujeta a revisión por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Así, esta revisión se produce normalmente cada dos años, aunque no existe un periodo de tiempo establecido al respecto.
Cuando se produce una revisión de incapacidad permanente, pueden darse diferentes situaciones. El INSS puede aumentar el grado de incapacidad, reducir dicho grado, mantenerlo o dar el alta médica al ciudadano por curación.
En este sentido, cuando el INSS retira el derecho a una incapacidad permanente, el trabajador puede acceder al conocido como subsidio por revisión de incapacidad permanente. Dicho subsidio está habilitado principalmente para las personas sin reservar en su puesto de trabajo o que no se ven capaces para iniciar una actividad laboral después de dejar de percibir una pensión de incapacidad permanente.
Subsidio por revisión de incapacidad permanente
En cualquier caso, desde la Seguridad Social aclaran que no todas las personas beneficiarias de una incapacidad permanente pueden acceder a este subsidio especial. Para ello, es necesario cumplir una serie de requisitos claves:
- Estar en situación legal de desempleo.
- Figurar inscrito como demandante de empleo en el SEPE. Dicha inscripción debe mantenerse durante toda la percepción del subsidio.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento.
Los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ explican que «si no encajamos en la condición anterior, se podrá disfrutar del subsidio si en el plazo de un año acreditamos que lo hemos cumplido. Ese plazo de 12 meses se inicia cuando ya ha transcurrido el primer mes en el que hemos de estar inscritos en el SEPE antes de pedir esta ayuda».
Por otra parte, la cuantía mensual a percibir por este subsidio es equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Así, en 2022, esta cuantía es de 463, 21 euros al mes.
El subsidio por revisión de incapacidad permanente tiene una duración de seis meses, aunque en ocasiones puede prorrogarse hasta los 18 meses. Desde el SEPE informan que el pago de este subsidio se realiza el día 10 de cada mes, aunque si coincide en festivo se paga el día hábil inmediatamente posterior.
Las personas interesadas en solicitar el subsidio por revisión de incapacidad permanente pueden hacerlo a través de la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en las oficinas de prestaciones, oficinas de registro público o por correo administrativo.
En definitiva, el subsidio por revisión de incapacidad permanente constituye una prestación de gran ayuda para las personas que por determinadas causas pierden el derecho a percibir una pensión de incapacidad.