El Congreso de los Diputados ha aprobado recientemente una enmienda para poner fin a la jubilación forzosa de controladores aéreos en España a los 65 años. Así, se ha ampliado su régimen de reserva activa que tenían reconocido en caso de contar con un puesto de trabajo hasta el momento de su retirada. Se trata, por tanto, de una medida que afecta a la edad de jubilación de este colectivo de trabajadores.
Concretamente, esta modificación legal se ha incluido en la reforma de la Ley del sector ferroviario que tramita la Cámara Baja. Si bien, la votación en Pleno no está prevista hasta septiembre de 2022.
En este sentido, es necesario aclarar que se trata de una propuesta del PSOE, que ha contado con el apoyo de sus socios de Gobierno, Unidas Podemos. Por su parte, dicha propuesta también ha contado con la abstención del PP.
La regulación aprobada en el año 2010 fijó la regulación de controladores aéreos con una jubilación forzosa a los 65 años de edad. Así, esta enmienda viene a modificar dicha regulación. Ahora, para aquellos trabajadores aéreo para los que no haya un puesto de trabajo, se prevé un régimen de reserva activa.
Dicha reserva activa se prolongará a partir de ahora más allá de los 65 años. Para ser más exactos, este régimen mantiene al controlador aéreo dado de alta en la Seguridad Social con una retribución pactada de negociación colectiva, incompatible con cualquier trabajo por cuenta ajena o cuenta propia; con la excepción de labores de formación o de inserción aeronáutica en la Unión Europea.
Tope salarial
La nueva propuesta respecto a la jubilación forzosa de controladores aéreos, incluye añadir a partir de los 65 años un régimen de reserva activa especial. Así, la única diferenciación con respecto al otro de límite salarial de cuantía anual correspondiente a doce mensualidades de la base máxima de cotización mensual del Régimen General de la Seguridad Social.
Del mismo modo, la nueva modificación contempla un régimen transitorio que posibilita acceder a la situación de reserva activa especial a los trabajadores que desde agosto de 2021 se hayan visto forzados a jubilarse a loa 65 años; y que además carezcan de carrera de cotización suficiente para haber podido generar una pensión contributiva de jubilación.
En España, para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación es necesario acreditar una cotización de al menos 15 años a la Seguridad Social. Dos de esos años deben estar comprendidos en los últimos 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.
Jubilación de controladores aéreos en otros países
La jubilación forzosa de los controladores aéreos a los 65 años es la mayor de este colectivo. En países como Suiza y Portugal, se sitúan en 57 años; en Francia a los 59 años; en Bélgica, Reino Unido e Italia a los 60 años; y en Estados Unidos a los 56 años.
Respecto a esta medida, desde el PSOE justifican que la prolongación de la vida activa de los controladores aéreos se lleva a cabo garantizando la seguridad en la prestación de servicio. Además, la medida garantiza la cotización a la Seguridad Social durante todo el proceso de reserva activa hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación que corresponda a cada momento.