El subsidio con cargas familiares está dirigido a personas que han agotado el derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo, siguen en paro y presentan responsabilidades familiares. Se trata de una de las ayudas no contributivas que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en España.
Las personas beneficiarias de esta ayuda no contributiva reciben un importe mensual de 463,21 euros al mes, ya que la cuantía es equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en cada momento.
Sin embargo, la duración de percepción del subsidio con cargas familiares depende de varios aspectos, como el tiempo de percepción de la anterior prestación contributiva y la edad de la persona beneficiaria. Estas son todas las posibilidades:
- Duración de seis meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo de 18 meses; en caso de que el beneficiario sea menor de 45 años y haya agotado una prestación contributiva de, al menos, cuatro meses.
- Si es menor de 45 años y agota una prestación contributiva de al menos 6 meses. En este caso, tendrá derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 24 meses.
- En caso de ser mayor 45 años y haber agotado una prestación contributiva de 4 meses. Aquí, tendrá derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 24 meses.
- Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses. El beneficiario tendrá derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 30 meses.
La edad para la percepción del subsidio con cargas familiares deberá tenerla cumplida en el momento de agotamiento de la prestación contributiva por desempleo.
Día de pago del subsidio
Desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), informan que el pago del subsidio con cargas familiares «se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se efectuará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indique, siempre que sea titular de la misma».
En este mes de diciembre, el día 10 cae en sábado, por lo que podría existir alguna variación con respecto al día de pago por parte del SEPE. En cualquier caso, el día en el que los usuarios correspondientes recibirán la cuantía del subsidio, depende de la política que siga cada entidad bancaria al respecto. Muchas entidades bancarias optan por adelantar el abono a los primeros días del mes.
En definitiva, los beneficiarios del subsidio con cargas familiares, cobrarán la cuantía de la mensualidad ordinaria entre el día 1 y 12 de diciembre. Las entidades que acostumbran a realizar el pago el día 10, podrían adelantar dicha acción o retrasarla para el lunes 12 de diciembre.
Por otra parte, desde el SEPE aclaran que este subsidio no tiene paga extraordinaria de Navidad, como sí ocurre con las pensiones. Realmente, ningún subsidio por desempleo o prestación contributiva por desempleo tiene paga extraordinaria de Navidad.
Las personas interesadas pueden solicitar el subsidio con cargas familiares a través de la Sede Electrónica del SEPE. También pueden proceder a ello en las oficinas de registro público, oficina de prestaciones o por correo administrativo. Para tener derecho a cobrar esta prestación se deben cumplir todos los requisitos estipulados por el SEPE.