La Dirección General de Tráfico (DGT), sigue trabajando en su objetivo por salvaguardar la seguridad de todas las personas que viajan en carretera. Una misión que tiene cada año una meta muy definida: Reducir el número de accidentes de tráfico y de víctimas mortales. Y es que por desgracia, los datos aun se encuentran muy lejos de un marcador a cero en este aspecto. Es por ello, que la DGT sigue endureciendo sus sanciones y ampliando las infracciones multadas.
Con el paso de los años, hemos conseguido mejores carreteras, mejores vehículos e incluso una preparación más exhaustiva en las personas que se ponen al volante. Sin embargo, esto no siempre se traduce en más seguridad. La DGT, sigue registrando cada año un gran número de accidente por motivos que se repiten. Entre los más destacados, el exceso de velocidad, conducir bajo los efectos de alcohol o drogas y las distracciones al volante por algún dispositivo, siguen siendo de los más repetidos.
La DGT penaliza este tipo de distracciones
La actualización continua de la DGT, es una necesidad. Pues a los problemas de seguridad habituales, hay que ir añadiendo nuevas circunstancias que la propia evolución de la sociedad, va poniendo sobre la mesa. En este sentido, uno de los grandes cambios de unos años a la actualidad, ha sido el uso del teléfono móvil. En la mayoría de las personas, este dispositivo se ha convertido casi en una extremidad más.

Dependemos casi para todo de este aparato. Pero esta dependencia, nos crea a la vez un gran número de distracciones. Y es que no siempre es la necesidad de responder a alguna demanda lo que nos hace emplearnos con el teléfono móvil. La propia dependencia en muchos casos, nos hace tener que mirar quien nos escribe o las últimas actualizaciones en las redes sociales, en situaciones, que pueden suponer un gran peligro.
Una de ellas, es sin duda al volante. Atender llamadas, WhatsApp, mirar las redes sociales… Da igual cuál sea el objetivo de usar este dispositivo mientras conducimos, pero la DGT lo tiene prohibido. Y es que es evidente, que la atención que le prestamos a esta tarea, se la quitamos a la de la propia conducción, lo cual, entraña un gran peligro. Por este motivo, la DGT tiene establecidas multas de hasta 200 euros y la pérdida de 6 puntos del carnet de conducir.
Cuidado con el GPS
Pero el teléfono móvil no es el único dispositivo que nos puede distraer al volante. Otro aparato muy habitual en cualquier vehículo es el de GPS. La dependencia con este dispositivo es tal, que ya son muchos los conductores que no saben guiarse sin él. Una práctica que ha hecho perder la facultad de orientarse simplemente con las señales de tráfico para muchas personas.
Pero, ¿Sanciona la DGT el uso del GPS al volante? La respuesta es que sí. Al igual que ocurre con el teléfono móvil, usar el GPS mientras se está conduciendo, nos hace quitar el foco de la propia conducción y por tanto, se convierte en un peligro. De hecho, en la actualidad, son muchos los casos en los que el mismo navegador está en el teléfono móvil del usuario.
Es por ello, que la sanción es exactamente la misma: 200 euros de multa y hasta seis puntos menos en el carnet de conducir. Por la importancia que sí tiene contar con un navegador cuando queremos llegar a un destino, la DGT indica que es fundamental, programarlo antes de iniciar la marcha. Si por cualquier motivo hubiese que modificarlo, lo más seguro y práctico para evitar la sanción, es parar el vehículo en una zona habituada para ello, y reprogramar el navegador.