«Si ha agotado su prestación contributiva y tiene responsabilidades familiares, puede acceder a un subsidio por desempleo con responsabilidades familiares por agotamiento de la prestación contributiva», esgrime en su página web el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que ofrece este subsidio a quienes ya no tengan derecho a paro. Y como no puede ser de otra manera, también su duración.
Más allá de los requisitos, el SEPE clasifica los subsidios en función de varias circunstancias, y una es si el solicitante tiene o no cargas familiares. Dependiendo de la situación personal de cada persona, se establecerán unos requisitos u otros.
En esta ocasión en TodoDisca, vamos a abordar la duración de la persona desempleada que sí tiene cargas familiares. Si es tu caso, no dejes de leer y conoce todo acerca de este subsidio por desempleo.
¿Qué entiende el SEPE como responsabilidades familiares a la hora de pedir el subsidio?
«A los efectos del subsidio por desempleo, tener responsabilidades familiares significa tener a su cargo a su cónyuge o a algún hijo o hija por naturaleza o adopción que sea menor de 26 años», fija el SEPE. O, en su defecto:
- Que sea mayor de 26 con discapacidad
- O personas menores acogidas, si conviven o dependen económicamente de usted y no tienen rentas mensuales superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI)
Todo ello sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias divididas entre el número de componentes de la misma.
Asimismo, el SEPE fija que los hijos a cargo pueden tenerse en cuenta por ambos cónyuges para el cálculo de las cuantías mínima y máxima a percibir, como si solicitan un subsidio por desempleo.
Por otro lado, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) matiza que si se ha contraído matrimonio y se convive con hijos privativos del cónyuge, se pueden alegar como familiares siempre que se asuman los gastos.
No entra dentro de esta serie de responsabilidades familiares la pareja de hecho solicitante. Quien conviva con sus hijos menores de 26 o mayores con discapacidad, deberán acreditar rentas.
La duración del subsidio extraordinario por desempleo con cargas familiares
Esta prestación dura 6 meses prorrogables por periodos semestrales, en función de la duración de la prestación por desempleo que se haya agotado.
Si es menor de 45 años y ha agotado un paro de 4 meses, tendrá derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta 18 meses. Y ahí de forma escalonada según el tipo de paro y la edad del contribuyente.
Se recuerda en este punto que la cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.
El SEPE finaliza contando que el pago del subsidio se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo.