Las personas con un grado específico de discapacidad reconocido tienen la posibilidad de acceder a una modalidad de jubilación anticipada. No obstante, tal y como explican desde la Seguridad Social, es necesario cumplir una serie de requisitos.
Las personas con un grado de discapacidad reconocido de al menos el 45% pueden acceder a un tipo de jubilación anticipada desde los 56 años en adelante; mientras que las personas con un grado de discapacidad reconocido del 65% pueden acceder a la jubilación anticipada desde los 52 años en adelante.
Existen diferencias importantes en función del grado de discapacidad reconocido; como requisitos de acceso a la jubilación, edad posible e incluso enfermedades que dan lugar a esta pensión de jubilación.
Requisitos jubilación anticipada 65% de discapacidad en 2022
Las personas con una discapacidad reconocida del 65% o más no deben justificar 15 años de cotización con la discapacidad reconocida durante su vida laboral. No obstante, deben acreditar 15 años de cotización, aunque sean sin dicha discapacidad reconocida.
Por otra parte, tal y como indican los compañeros de ‘CampmanyAbogados‘, «no todos los individuos que tengan una discapacidad del 45% o más sin llegar al 65% pueden ser beneficiarios de una jubilación anticipada. Porque es preciso acreditar una de las enfermedades que están especificada en el texto legal; las cuales regula el acceso a la jubilación a los 56 por discapacidad igual o mayor al 45%».
Sin embargo, en el caso de las personas con una discapacidad reconocida del 65% o más no es necesario acreditar algunas de las enfermedades descritas anteriormente. Esta es otra de las grandes diferencias al respecto.
Cuantía pensión discapacidad del 65%
Teniendo en cuenta todo lo expuesto anteriormente, una pensión de jubilación por discapacidad del 65% o pensión no contributiva de invalidez constituye una cuantía anual de 5.889,6 euros anuales en 2022. Dicho importe se encuentra dividido en 421,4 euros mensuales en 14 pagas.
En el caso de que el grado de discapacidad alcance el 75%, se añade un complemento anual de 2.949,8 euros anuales. Para acreditar esta situación también es necesario demostrar que la persona en cuestión necesita la ayuda de una tercera persona para los actos más cotidianos de la vida.
Por otra parte, los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ explican que esta pensión de jubilación por discapacidad de al menos el 65% también puede ser fruto de alteraciones en la cuantía a la baja. Esto ocurre, por ejemplo, en situaciones en la que varios beneficiarios de la pensión no contributiva conviven en el mismo domicilio. También puede depender de las rentas del propio pensionista con discapacidad y los convivientes del hogar.
En cualquier caso, la Administración establece un mínimo en el 25% de la cuantía genérica anual; de forma que nunca será posible cobrar una cuantía inferior a 1.474,9 euros al año.
Además, desde el año 2022 existe la posibilidad de incrementar la cuantía de este tipo de pensiones con un complemento de 525 euros más al año. Esto ocurre en situaciones en las que se acrece de vivienda en propiedad y la residencia habitual es alquilada. Eso sí, siempre que no exista relación de parentesco entre la persona beneficiaria de la pensión y el titular de la vivienda.