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La cuantía de la pensión de incapacidad permanente total puede variar según las circunstancias de la persona beneficiaria

Un trabajador recibe la incapacidad permanente total cuando presenta secuelas y limitaciones para desarrollar su profesión habitual

Alejandro Perdigones
19/06/2025 21:00
Prestaciones
Variación de la cuantía de la pensión de incapacidad permanente total

Variación de la cuantía de la pensión de incapacidad permanente total./ Licencia Adobe Stock

El grado de incapacidad permanente total se reconoce a un trabajador cuando presenta limitaciones y secuelas para desarrollar su profesión habitual, todo ello a causa de una lesión o enfermedad. Así, la cuantía de la pensión de incapacidad permanente total puede variar en función de las circunstancias personales de la persona beneficiaria.

Hay que tener en cuenta que la incapacidad permanente total es compatible con la realización de otras actividades laborales. Actualmente, también es compatible con la profesión habitual del trabajador, siempre que se produzca una adaptación del puesto de trabajo a su nueva situación.

Cuándo cambia la cuantía de la incapacidad permanente total

Por norma general, la cuantía de la incapacidad permanente total es equivalente al 55% de la base reguladora del trabajador. Cuanto mayor fuese el salario del trabajador, mayor será el importe de su pensión de incapacidad en función de dicho porcentaje de la base reguladora.

Tal y como hemos comentado anteriormente, las circunstancias personales de la persona beneficiaria puede provocar un cambio en la cuantía de la pensión de incapacidad permanente total. En concreto, se produce un aumento del 20% de la base reguladora si la persona beneficiaria cumple con los siguientes requisitos:

  • Tiene 55 años o más, sin haber alcanzado la edad de jubilación ordinaria.
  • Está en situación de desempleo.

Esta situación se conoce como incapacidad permanente total cualificada. En este tipo de casos, al ciudadano le corresponde cobrar una pensión de incapacidad permanente total con un importe equivalente al 75% de su base reguladora.

Puede darse el caso de que el trabajador vuelva a realizar una actividad laboral compatible con su pensión de incapacidad permanente total. Si esto ocurre, la pensión de incapacidad total volverá a tener una cuantía equivalente al 55% de la base reguladora.

Cambios en la incapacidad permanente total

El 1 de mayo de 2025 entró en vigor la nueva legislación que elimina el despido automático de un trabajador tras el reconocimiento de una incapacidad permanente total. Con esta reforma, el trabajador puede seguir ejerciendo su profesión habitual siempre que se produzca una adaptación de su puesto de trabajo.

A partir del 1 de mayo de 2025, cuando un trabajador asalariado obtenga el reconocimiento de una incapacidad permanente total, podrá elegir entre las tres siguientes opciones:

  • Solicitar a su empresa una adaptación de su puesto de trabajo habitual, acorde a su nueva situación.
  • Pedir una reubicación dentro de la empresa en un puesto de empleo vacante y disponible. Dicho puesto de trabajo también debe ajustarse a las nuevas necesidades del trabajador.
  • Poner fin a la relación contractual con la empresa.

Posteriormente, la empresa tendrá que analizar si puede cumplir con la petición del trabajador en relación a la adaptación del puesto de trabajo o reubicación dentro de la empresa. En determinados casos, la empresa podrá justificar que no puede llevar a cabo la acción correspondiente alegando ‘carga excesiva’.

Así, con esta nueva normativa, el trabajador tiene la última palabra con respecto a la continuidad en la empresa o la finalización de la relación contractual con la misma. Supone un importante beneficio para todas aquellas personas a las que se le reconozca una pensión de incapacidad permanente total.

En relación a esta reforma, desde la Seguridad Social defienden que «el objetivo es ofrecer un empleo decente para las personas con discapacidad, eliminando una discriminación como la que suponía el despido automático en determinadas situaciones de discapacidad, priorizando opciones como la adaptación del puesto de trabajo o el pase a otras funciones».

Temas: Incapacidad Permanente
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