El 1 de enero de 2022 se producirá un aumento de las pensiones contributivas en España. El Gobierno Central ya ha comunicado que la subida en este tipo de prestaciones será del 2,5%, donde se engloban la jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares.
Además, las pensiones mínimas y no contributivas experimentarán un aumento del 3% en 2022. Esta subida también se aplicará al Ingreso Mínimo Vital.
En cuando a las pensiones de incapacidad permanente existen cuatro grados principales de incapacidad en función de la capacidad que presente el trabajador para desarrollar una determinada actividad laboral. Los cuatro tipos son Parcial, Total, Absoluta y Gran Invalidez.
Incapacidad permanente parcial
La Seguridad Social define una pensión de incapacidad permanente como una «prestación que se reconoce al trabajador cuando después de haber estado sometido a tratamiento prescrito, y haber sido de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que anulan o disminuyen su capacidad laboral».
Así, el grado de incapacidad permanente parcial no consiste en una pensión como tal, si no una indemnización que se cobra mediante un pago único. Sin embargo, en el sistema español adquiere la categoría de pensión.
Este es el grado más bajo de incapacidad que puede reconocer el Instituto Nacional de la Seguridad Social, que se acredita cuando el trabajador presenta una disminución no inferior al 33% en su rendimiento habitual en la profesión.
Además, este tipo de incapacidad permanente no implica dejar el puesto de trabajo. Es decir, no se extingue el contrato de empleo con la empresa; si no que se puede continuar en el mismo trabajo y recibir la indemnización correspondiente.
Por lo tanto, una de las características que diferencia a la incapacidad parcial del resto de grados de invalidez es que es compatible con cualquier tipo de profesión u oficio.
Cuantía mínima de la incapacidad parcial en 2022
La cuantía de la pensión de incapacidad permanente está determinada por la base reguladora y se basa en un solo pago equivalente a 24 mensualidades.
Así, para calcular el importe de la indemnización a percibir se toma la base de cotización por contingencias comunes, que aparece en la nómina del mes anterior al accidente o enfermedad. Posteriormente se divide entre los días cotizados del mes; aunque si es un sueldo mensual será de 30 días.
El siguiente paso será multiplicar por 30 días y multiplicar por 24 para obtener la cuantía de la indemnización final de la pensión de incapacidad permanente parcial.
Cuando se trata de un accidente laboral o enfermedad profesional, el proceso para calcular la cuantía es un poco más complejo. Y es que en este caso también es necesario añadir las horas extras del mes o año anterior.
En este sentido, desde ‘Campmany Abogados‘ aseguran que para las personas con 65 años o más hay garantizadas unas cuantías mínimas en caso de incapacidad permanente parcial. Así lo recoge el Reglamento de Accidentes de Trabajo.
Teniendo en cuenta este hecho, así queda esta cuantía mínima para mayores de 65 años en incapacidad permanente parcial por accidente de trabajo en 2022 con la subida del 3%.
- 876, 53 euros al mes y 12.271,42 euros al año | Con cónyuge a cargo.
- 674,23 euros al mes y 9.439,22 euros al año | Con cónyuge no a cargo.
- 710,39 euros al mes y 9.945,46 euros al año | Sin cónyuge a cargo.
No obstante, también dejamos un ejemplo de cuantía de pensión de incapacidad permanente parcial teniendo en cuenta el proceso a seguir para conocer su importe.
Un trabajador con 45 años con una base reguladora del 1.500 euros recibirá una indemnización de 36.000 euros. Es decir, resultado de multiplicar la base reguladora de 1.000 euros por 24 mensualidades.